Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
01-06-2017

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170601-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

RÉGIMEN ECONÓMICO

57
San Agustín del Guadalix. Régimen económico. Precio público instalaciones y realización actividades

En sesión celebrada con fecha 23 de febrero de 2017 el Pleno del Ayuntamiento adoptó acuerdo de aprobación de modificación de los precios públicos, según consta en el texto refundido que luego se transcribe, que entra en vigor a partir de esta aprobación. Dicho acuerdo se expone al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante treinta días, contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si no fuere presentada reclamación o alegación alguna este acuerdo de aprobación provisional será considerado definitivo.

Acuerdo regulador del precio público por utilización de instalaciones, prestación de servicios y realización de actividades del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix

Art. 9.2. Tarifa por utilización de instalaciones (modificación febrero 2017).

1. Revista municipal, programa de fiestas y otras publicaciones:

En el punto 2.1 se añade:



DISPOSICIÓN FINAL Y DEROGATORIA

El presente acuerdo regulador, que modifica parcialmente el anterior, entrará en vigor una vez se efectúe la publicación del texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o derogación.

El presente acuerdo fue adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada con fecha 23 de febrero de 2017.

San Agustín del Guadalix, a 19 de mayo de 2017.—El alcalde, Juan Francisco Figueroa Collado.

(03/17.233/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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