Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
01-06-2017

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170601-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Móstoles. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la Resolución de 28 de abril de 2017 por la que se aprueban las Bases Reguladoras de la Convocatoria del “VIII Certamen de Pintura Rápida Villa de Móstoles”. Edición 2017.

BDNS (Identif.): 347773

“De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de a convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Podrán participar todo los artistas que tengan dieciocho años cumplidos.

Segundo. Objeto.—Tiene como objeto potenciar e incentivar las artes plásticas , sobre una temática determinada, en la localidad de Móstoles.

Tercero. Bases reguladoras.—La presente convocatoria será remitida a la Base de Datos Nacional de Subvenciones para su publicación y conocimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de LGS. Una vez realizado lo anterior se publicarán también en la página web del Ayuntamiento de Móstoles.

Cuarto. Cuantía.—El importe total de los premios de esta convocatoria asciende a la cantidad de 2.500,00 euros, con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria del presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Móstoles para el ejercicio 2017: 26.3344.22706.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las inscripciones se realizarán el mismo día de celebración del certamen en el Museo de la Ciudad (calle Andrés Torrejón, número 5) en horario de ocho a once horas.

Sexto. Otros datos.—En la obra deberá aparecer un personaje del mundo del cómic, integrado en cualquier ubicación reconocible de la ciudad de Móstoles (calles, plazas, monumentos, etc.).

Los solicitantes deberán cumplimentar el boletín de inscripción correspondiente.

El órgano competente para su aprobación le corresponde al Concejal de Hacienda, según lo establecido en el artículo 124.4.n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, decreto de Alcaldía 3706/16, de fecha 18 de julio, sobre delegación de competencias y bases de ejecución del presupuesto general.

Móstoles, a 28 de abril de 2017.—El Concejal de Cultura y Bienestar Social, Gabriel Ortega Sanz.

(03/17.800/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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