Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
05-06-2017

Sección 3.10.20O: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170605-76

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE OLMEDA DE LAS FUENTES

OTROS ANUNCIOS

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Olmeda de las Fuentes. Otros anuncios. Candidaturas juez de paz

Don Miguel Ángel Alonso Juliá alcalde-presidente del Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes, por decreto de Alcaldía, de 16 mayo de 2017, propone:

Primero.—Convocar la vacante de juez de paz sustituto de Olmeda de las Fuentes mediante anuncio, tanto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, como en tablón de anuncios del Ayuntamiento, del Juzgado de paz y del Juzgado de primera instancia e instrucción del partido judicial.

Segundo.—Abrir un plazo de quince días naturales, a contar desde la fecha de la última publicación en los medios antedichos, a fin de que se presenten por aquellos que estén interesados instancia en el Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes.

Tercero.—Los requisitos son ser Español, mayor de edad y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad que establecen los artículos 303 y 389 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, a excepción del ejercicio de actividades profesionales o mercantiles.

Cuarto.—A la instancia se deben acompañar los siguientes documentos:

— Fotocopia del documento nacional de identidad.

— Certificado negativo de antecedentes penales.

— Partida de nacimiento.

— Certificado médico de no tener impedimento físico o psíquico para ejercer la función judicial.

— Declaración responsable de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad e incapacidad, prevista en los artículos 303 y 389 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

— Títulos académicos o cualquier documento acreditativo de los méritos que posea en relación ha dicho cargo.

En Olmeda de las Fuentes, a 18 de mayo de 2017.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel Alonso Juliá.

(03/17.460/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20O: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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