Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
05-06-2017

Sección 1.2.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170605-4

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

4
RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2017, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueba y publica la lista de espera de funcionarios interinos del Cuerpo de Técnicos Superiores de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 895/2014, de 28 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de abril), se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, proceso que finalizó por Resolución de 7 de marzo de 2017, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de marzo), y siendo nombrados funcionarios de carrera los aspirantes aprobados mediante Orden de 4 de abril de 2017, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de abril).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimocuarta de la aludida Orden 895/2014, a efectos de la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de referencia, se formará una lista de espera con los aspirantes del turno libre y del cupo de discapacidad del mismo que, habiendo obtenido como mínimo seis puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición, no hubiesen superado el citado proceso, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de la mencionada lista de espera, o que el Tribunal de Selección haya debido anular algún ejercicio de la oposición o, en su caso, el trabajo expuesto en el curso selectivo, como consecuencia del incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria por parte del aspirante que, en su caso, corresponda.

De acuerdo con lo expuesto, mediante Resolución de 28 de febrero de 2017, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de marzo, corrección de errores en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de marzo), se hizo pública la relación de aspirantes que habían de ser tomados en consideración a los efectos descritos en la base decimocuarta anteriormente indicada, y se requirió a los integrantes de la misma la presentación, en los términos previstos, a tal fin, en dicha Resolución, de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de participación exigidos en la Orden de convocatoria de las reseñadas pruebas selectivas.

En virtud de cuanto antecede, una vez efectuadas las comprobaciones oportunas, este Centro directivo, en uso de las facultades que tiene legalmente atribuidas,

RESUELVE

Primero

Aprobar y publicar, como Anexo a la presente Resolución, la lista de espera de funcionarios interinos del Cuerpo de Técnicos Superiores, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, derivada del proceso selectivo convocado por Orden 895/2014, de 28 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de abril).

Segundo

Declarar decaídos en el derecho a formar parte de la lista de espera de funcionarios interinos del Cuerpo señalado a aquellos aspirantes que, estando incluidos en el Anexo de la citada Resolución de 28 de febrero de 2017, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de marzo), no presentaron la documentación requerida en la misma en la forma y plazo habilitado a tal efecto en su apartado segundo.

Tercero

El órgano gestor de la lista de espera, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del aludido Decreto 50/2001, de 6 de abril, será la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, a la que deberán dirigirse los órganos competentes de las Consejerías, Organismos Autónomos o Entes, cuando, en su caso, corresponda.

Cuarto

La lista de espera contenida en el Anexo de esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dejando sin efecto las que pudieran existir en el Cuerpo de referencia, todo ello en los términos establecidos en el Decreto 50/2001, anteriormente indicado.

Quinto

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso de alzada ante la Dirección General de Función Pública o ante la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 23 de mayo de 2017.—El Director General de Función Pública, Antonio López Porto.





(03/18.376/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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