Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
06-06-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170606-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 73

72
Madrid número 73. Procedimiento 452 de 2015, notificación a herencia yacente de Carmen Pérez Aparicio

EDICTO

Doña Laura Fojón Chamorro, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 73 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 452 de 2015, instados por el procurador don Daniel Otones Puentes, en nombre y representación de comunidad de propietarios de calle Villardondiego, número 27, contra herencia yacente de doña Carmen Pérez Aparicio, en los que se ha dictado sentencia en fecha 1 de marzo de 2017, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimo la demanda formulada por la comunidad de propietarios de calle Villardondiego, número 27, de Madrid, asistida del letrado señor Álvarez Fernández, contra herencia yacente de doña Carmen Pérez Aparicio, en rebeldía, condenando a la demandada a abonar a la actora la suma de 7.106,32 euros, intereses y con imposición de costas.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada herencia yacente de doña Carmen Pérez Aparicio y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 27 de marzo de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/16.990/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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