Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
14-06-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170614-93

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

93
Madrid número 21. Procedimiento 679 de 2016, notificación a Rogelio Cózar Sánchez

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 21 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 679/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSE MADRID MAQUEDANO frente a D./Dña. ROGELIO COZAR SANCHEZ sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta a instancia de D. José Madrid Maquedano, asistido y representado de la Letrada Dª Laura Mónica León Sánchez contra D. Rogelio Cózar Sánchez, que no comparece pese a su citación en forma, habiéndose citado al FOGASA, que tampoco comparece DEBO CONDENAR Y CONDENO a D. Rogelio Cózar Sánchez al pago a D. José Madrid Maquedano, la cantidad de 6.933,32 €, por los conceptos especificados en el hecho probado tercero de la presente resolución que devengará el 10% de interés por mora.

El Fondo de Garantía Salarial responderá de las consecuencias económicas previstas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores y siempre dentro de los límites establecidos en el mencionado precepto

Notifíquese esta Sentencia a las partes a las que se advierte que no es firme, ya que contra la misma cabe interponer RECURSO DE SUPLICACION para ante la SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID debiendo en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de la misma, por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de la sentencia, de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo.

Al anunciar el recurso, todo aquel que sin tener condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, pretenda formular recurso deberá acreditar, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena en la cuenta abierta a nombre de este Juzgado de lo Social en de éste Juzgado abierta en el Banco Santander con el número nº 2519, clave 65, haciendo constar en el ingreso el número de expediente, pudiéndose sustituir la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que consta la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, el que no goce del beneficio de justifica gratuita y pretenda formular recurso deberá efectuar un depósito de 300,00 euros, en esa misma cuenta bancaria.

Así lo acuerda, manda y firma, la Dña. Silvia Plaza Ballesteros, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Nº 21 de Madrid.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. ROGELIO COZAR SANCHEZ , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de mayo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/17.878/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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