Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
15-06-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170615-202

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 5

202
Bilbao número 5. Ejecución 39 de 2017-B, notificación a Triavip, S. L.

EDICTO

Dña. MARIA ECHEVERRIA ALCORTA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n° 5 de Bilbao, HAGO SABER:

Que en autos Pieza de ejecución 39/2017 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de D/ña. AINHOA DENDARIETA LORENTE contra TRIAVIP S.L. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

1. Se acuerda la ejecución definitiva de sentencia de fecha 22/02/2017, solicitada por AINHOA DENDARIETA LORENTE, parte ejecutante, frente a TRIAVIP S.L., parte ejecutada.

2. La ejecución se despacha por la cantidad de 8.101,25 euros de principal y la de 1.215,18 euros para intereses y costas, sin perjuicio de su ulterior liquidación.

3. Notifíquese esta resolución a las partes, a la representación legal de los trabajadores de la empresa deudora y al Fondo de Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer en el proceso (artículos 252 y 23 de la LJS).

MODO DE IMPUGNARLA: mediante recurso de REPOSICIÓN ante el Juez, a presentar en la Oficina Judicial dentro de los TRES DÍAS hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de expresar la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse oposición a la ejecución despachada según lo previsto en el apartado 4 del artículo 239 de la LJS.

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la LJS).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, los sindicatos, quienes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

Y para que le sirva de notificación a TRIAVIP S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Bizkaia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.

En BILBAO (BIZKAIA) a ocho de mayo de dos mil diecisiete.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/18.143/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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