Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
23-06-2017

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170623-83

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

OFERTAS DE EMPLEO

83
Rivas-Vaciamadrid. Ofertas de empleo. Bases técnico especialista comunicaciones

La concejala-delegada de Recursos Humanos, por decreto de 8 de junio de 2017, ha resuelto aprobar las siguientes bases específicas:

Plaza: Técnico/a Especialista en Comunicaciones

1. Características:

Número de plazas: una.

Clasificación administrativa: funcionario/a de carrera.

Escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Cometidos Especiales, grupo C, subgrupo C1.

Puesto de trabajo correspondiente: Técnico/a Especialista en Comunicaciones.

Condiciones de trabajo: el puesto de trabajo tiene asignada una jornada de trabajo flexible de lunes a domingo.

2. Normas rectoras:

2.1. Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

2.2. Reglamento General de ingreso, Real Decreto 364/1995.

2.3. Bases Generales: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 94 (21 de abril de 2010) y su corrección publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 105 (4 de mayo de 2010). Modificación publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 290, de 5 de diciembre de 2014.

2.4. Las presentes bases específicas.

2.5. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva Comunitaria, de 9 de febrero de 1976, y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

3. Requisitos específicos:

Además de los requisitos de carácter general señalados en las bases generales para el acceso a la presente convocatoria serán necesarios los siguientes requisitos específicos:

1. Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente.

2. Estar en posesión del permiso de conducir clase B.

4. Procedimiento de selección. La selección se hará de acuerdo con lo previsto en las bases de la convocatoria. El procedimiento será por concurso-oposición, con arreglo a las siguientes especificaciones:

4.1. Fase de oposición. Constará de tres ejercicios, obligatorios y eliminatorios, que serán puntuados de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos en cada uno de los ejercicios para pasar a la siguiente fase de la convocatoria:

4.1.1. Primer ejercicio: de carácter teórico, consistirá en contestar un cuestionario de 50 preguntas tipo test, de respuestas alternativas, relativas tanto a la parte general como específica del temario anexo, en el tiempo que al efecto determine el tribunal. La prueba será calificada de 0 a 10 puntos, a razón de 0,2 puntos por cada respuesta correcta. Se restarán 0,06 por cada respuesta errónea, y 0,03 por cada respuesta en blanco no contestada.

Será ponderado conforme al apartado 6.1.2 de las bases generales.

4.1.2. Segundo ejercicio: consistirá en la contestación por escrito, en el tiempo que determine el tribunal, a un tema entre dos temas de la parte específica del temario elegidos al azar por el tribunal. El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo eliminados quienes no alcancen una puntuación mínima de 5 puntos.

La puntuación del ejercicio se ponderará conforme a lo señalado en el apartado 6.1.2 de las bases generales.

4.1.3. Tercer ejercicio: consistirá en el desarrollo por escrito de uno o varios supuestos prácticos que serán señalados por el tribunal en el momento de realización de la prueba, directamente relacionados con el contenido de la parte específica del temario anexo, aunque no se atenga a un epígrafe concreto del mismo, y con el puesto de trabajo a desempeñar. El tiempo para su desarrollo será el que al efecto determine el propio tribunal.

El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo eliminados quienes no alcancen una puntuación mínima de 5 puntos. Será ponderado conforme al apartado 6.1.2 de las bases generales.

El ejercicio práctico podrá requerir el uso de las aplicaciones que aparecen en la parte específica del temario.

4.1.4. Puntuación total de la fase de oposición: la puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones ponderadas de cada uno de los ejercicios según el baremo establecido en las bases generales.

4.2. Fase de concurso: la valoración de la fase de concurso se regula por el baremo señalado en el apartado 6.2 de las bases generales.

La experiencia profesional se acreditará mediante contratos de trabajo o certificados de Administraciones Públicas, acompañados de la vida laboral actualizada a la fecha de presentación de instancias.

4.2.1. Méritos específicos (máximo 1 punto): por acreditar haber cursado formación específica en la siguiente materia a razón de 0,1 puntos por hora de formación “Desarrollo de Interfaces de Usuario y Sistemas SCADA”.

Se acreditarán según establece el apartado 6.2.2 de las bases generales. Los méritos alegados por los concursantes serán acreditados documentalmente, mediante las pertinentes certificaciones u otros justificantes. Podrán recabarse formalmente de los interesados las aclaraciones y, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La puntuación de la fase de concurso no podrá en ningún caso tenerse en cuenta para superar la fase de oposición cuando algún aspirante sea declarado “no apto”.

La formación valorada como mérito específico no se valorará en los méritos generales.

4.2.2. Puntuación final: la calificación final de los/as aspirantes vendrá determinada por la suma de la fase de oposición ponderada y la fase de concurso.

Temario

1. Parte común

1. La Constitución española de 1978: derechos y deberes fundamentales de los españoles.

2. La organización territorial del Estado. El Gobierno, las Comunidades Autónomas, la Administración Local.

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: normas generales de actuación.

4. La responsabilidad de la Administración. Derechos de los ciudadanos.

5. La organización municipal. Atribuciones y competencias.

6. Los contratos en las Administraciones Públicas. Tipos de contratos y procedimientos de adjudicación.

7. La Función Pública Local. El personal al servicio de las Administraciones Locales. Clases y régimen jurídico.

8. Derechos y deberes de los empleados públicos. Órganos de representación.

2. Parte específica

1. Multicast.

2. Fundamentos de redes. Modelo OSI.

3. Fundamentos de redes. TCP/IP.

4. Protocolos WAN. PPP. HDLC, Real DecretoSI, FrameRelay.

5. Direccionamiento IP.

6. Protocolos de enrutamiento dinámico.

7. Redes virtuales conmutadas.

8. Fundamentos Spanning tree.

9. Configuración de conmutadores de red.

10. Configuración de enrutadores de red.

11. Sistema AS/3 de DORLET. Control de accesos/Alarmas.

12. ETHEReal DecretoORLET VOIP. DSP/VOIP.

13. Topologías y tecnologías de redes lan inalámbricas.

14. Sistemas B-PLC. UVAX.

15. Fundamentos de red mallada inalámbrica.

16. CCTV Fundamentos.

17. Protocolos VOIP.

18. Funcionamiento del protocolo SIP.

19. Sistemas eLTE Trunking.

20. Fundamentos de Firewall.

21. Fundamentos VPN.

22. Seguridad en capa 2. Port-security y 802.1x.

23. Fundamentos y configuración de listas de acceso.

24. Fundamentos protocolo IPv6.

25. Fundamentos sistemas SCADA.

26. Fundamentos de medios ópticos para la transmisión de datos.

27. Sistemas TETRA.

28. Bases de datos relacionales.

29. Protocolo OSPF.

30. Gestor DASS de seguridad integrada. Gestión.

31. Fundamentos Ethernet.

32. BVMS BOSCH.

Rivas-Vaciamadrid, a 8 de junio de 2017.—La concejala-delegada de Recursos Humanos, PD (1988/2017, de 19 de mayo), Carla de Nicolás Castro.

(03/20.242/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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