Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
30-06-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170630-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 42

68
Madrid número 42. Procedimiento 360 de 2014, notificación a José María Calero Rodríguez

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 360 de 2014, entre don Rodrigo González de Miguel, “Dimoralli, Sociedad Limitada”, don José María Calero Rodríguez y don Ángel Calero Rodríguez, en reclamación de 30.000 euros, en cuyos autos se ha dictado sentencia con el siguiente fallo:

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por don Rodrigo González de Miguel, representado por el procurador Julvez Peris Martín, contra la mercantil “Dimoralli, Sociedad Limitada”, representada por el procurador señor Pozas Osset y contra don José María Calero Rodríguez y don Ángel Calero Rodríguez en su calidad de integrantes de “RDA Motor, Comunidad de Bienes”, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro resuelto el contra de fecha 25 de mayo de 2012, y debo condenar y condeno a la mercantil “Dimoralli, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cantidad de 30.000 euros, más intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda y hasta el pago, con el incremento previsto legalmente a partir de la fecha de esta resolución.

Se imponen a la mercantil “Dimoralli, Sociedad Limitada”, las costas derivadas de la demanda dirigida en su contra.

No se hace especial condena en costas de la demanda dirigida frente a don José María Calero Rodríguez y don Ángel Calero Rodríguez como integrantes de “RDA Motor, Comunidad de Bienes”.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá interponerse en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la notificación, previo depósito de la cantidad de 50 euros en la forma prevista legalmente y bajo apercibimiento de inadmisión.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos quedando el original en el libro de sentencias, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a don José María Calero Rodríguez y don Ángel Calero Rodríguez, expido y firmo la presente en Madrid, a 22 de mayo de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/19.712/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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