Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
04-07-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170704-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

106
Madrid número 80. Procedimiento 51 de 2016, notificación a Joel Nathan Núñez Santillana

EDICTO

Doña Ángeles Garrigos Castejón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, sobre guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 51 de 2016, instados por la procuradora doña Paloma del Barrio Barrios, en nombre y representación de doña María del Carmen Ocampos Galán, contra don Joel Natan Núñez Santillana, en reclamación de adopción de medidas paterno-filiales, en los que se ha dictado en fecha 21 de octubre de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 401 de 2016

Madrid, a 21 de octubre de 2016.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de los de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 80, sobre juicio verbal de relaciones paterno-filiales, promovido por doña María del Carmen Ocampos Galán, representada por la procuradora doña Paloma del Barrio Barrios, asistida del letrado don Miguel A. Trillo Acosta, con número de colegiado 29.698, contra don Joel Natan Núñez Santillana, declarado en situación de rebeldía, en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la procuradora señora Del Barrio Barrios, en nombre y representación de doña María del Carmen Ocampos Galán, contra don Joel Natan Núñez Santillana, debo declarar y declaro haber lugar a regular las relaciones de ambas partes con su hija menor de edad, Irene, mediante la adopción de las medidas que constan en el fundamento jurídico tercero de la presente resolución, que en aras de la brevedad se tiene aquí por reproducido.

Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Firme la presente, líbrese el correspondiente oficio a la Dirección General de la Policía, Archivos Centrales, a fin de que conste la prohibición de salida de la menor del territorio nacional, sin autorización expresa de su madre.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, previa acreditación de haber consignado el depósito que establece la disposición decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Joel Natan Núñez Santillana y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 4 de noviembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/20.820/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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