Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
10-07-2017

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170710-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

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Asturias. Oviedo. Sala de lo Social. Procedimiento 1.299 de 2017, notificación a Esabe Vigilancia, S. A.

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

D/Dª ISAAC RODRIGUEZ DIAZ, Letrado de la Administración de Justicia de la Sección 001 de esta Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de OVIEDO, HAGO SABER:

Que en el procedimiento RECURSO SUPLICACION 0001299/2017 de esta Sección, seguidos a instancia de D/Dª ARANZAZU DE CASTRO GONZALEZ contra la empresa ESABE VIGILANCIA S.A., sobre RECLAMACION CANTIDAD, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

“FALLAMOS: DESESTIMAMOS el recurso de suplicación interpuesto por la representación de doña ARANZAZU DE CASTRO GONZALEZ, y confirmamos la sentencia de fecha 18 de octubre de 2.016 dictada por el Juzgado de lo Social n° 3 de Gijón; sin costas.

Medios de impugnación

Se advierte a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para la unificación de doctrina, que habrá de prepararse mediante escrito suscrito por letrado, presentándolo en esta Sala de lo Social dentro del improrrogable plazo de los diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la misma, y en los términos del art. 221 de la LRJS y con los apercibimientos en él contenidos.

Pásense las actuaciones al Sr/a. Letrado/a de la Administración de Justicia para cumplir los deberes de publicidad, notificación y registro de la Sentencia.

Así, por esta nuestra Sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ESABE VIGILANCIA S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En OVIEDO, a trece de junio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/21.593/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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