Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-07-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170711-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 63

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Madrid número 63. Procedimiento 348 de 2016, notificación a Juan Luis Sánchez Rodríguez

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 348 de 2016, entre “Mutua Madrileña Automovilista”, “Axa Seguros y Reaseguros”, y don Juan Luis Sánchez Rodríguez, en reclamación, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Jorge Deleito García, en nombre y representación de “Mutua Madrileña Automovilista”, y contra don Juan Luis Sánchez, debo condenar y condeno a este demandado a abonar a la actora la cantidad de 589,33 euros.

Esta cantidad devengará el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda hasta la fecha de esta resolución.

Desde la fecha de la sentencia y hasta su total y completo pago se devengarán los intereses de mora procesal del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y con expresa condena de las costas de la actora a este demandado, causadas a la parte demanda.

Y debo absolver y absuelvo a la codemandada “Axa Seguros Generales, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Francisco José Abajo Abril, de las pretensiones formuladas contra ella y con expresa condena a la actora de las costas causadas a esta demandada.

Así por esta mi sentencia, que es firme y contra la cual no cabe recurso alguno, juzgando definitivamente en única instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a don Juan Luis Sánchez Rodríguez, expido y formo la presente en Madrid, a 19 de junio de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/21.907/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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