Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2017

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170712-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 29

82
Madrid número 29. Procedimiento 373 de 2015, notificación a Orange Espagne, S. A. U.

EDICTO

Para CONOCIMIENTO PÚBLICO, se hace saber que por el Juzgado Contencioso-Administrativo 29 DE MADRID y en los autos del Procedimiento Abreviado 373/2015 seguido a instancia de PROCURADOR D. FRANCISCO ABAJO ABRIL en representación de ORANGE ESPAGNE SAU, quien formuló recurso Contencioso-Administrativo contra AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ SOBRE Administración tributaria, en los que se dictó sentencia estimatoria, que es firme, se ha planteado cuestión de ilegalidad mediante auto de esta fecha cuya parte dispositiva literalmente acuerda:

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda plantear a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid la cuestión de ilegalidad prevista en el art. 27 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en relación con el art. 5.2 de la Ordenanza Reguladora de la Tasa, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de fecha 12 de Diciembre de 2012 y publicada en el B.O.C.M. de fecha 26 de Diciembre de 2012, en cuanto viene a gravar también a las empresas prestadoras de servicios de telefonía móvil, que carecen de redes fijas.

Emplácese a las partes para que en el plazo de quince días puedan comparecer y formular alegaciones ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, competente para fallar la cuestión, con el apercibimiento de que no se admitirá su personación una vez transcurrido dicho plazo.

Elévense urgentemente a la Sala referida certificación de este auto con copia testimoniada de los autos principales y del expediente administrativo.

Publíquese el oportuno oficio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, donde se publicó la citada Ordenanza fiscal.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra ella no cabe interponer recurso ordinario alguno.

Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Ángel Rubio del Río, Magistrado del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 29 de Madrid.

En Madrid, a 20 de junio de 2017.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/21.832/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170712-82