Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
18-07-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170718-125

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

125
Madrid número 27. Procedimiento 1.074 de 2016, notificación a Medipress, S. A., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ELISA CORDERO DIEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 27 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1.074/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA JESUS SANCHEZ PEREZ frente a D./Dña. VERONICA GAYA RODRIGO, FLIGHTECH SYSTEMS EUROPE SA, D./Dña. FRANCISCO MIGUEL GAYA GONZALEZ y MEDIPRESS SA sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por Mª JESUS SANCHEZ PEREZ y de contra FLIGHTECH SYSTEMS EUROPE SA, MEDIPRESS SA, FRANCISCO MIGUEL GAYA GONZALEZ, VERONICA GAYA RODRIGO, y FONDO DE GARANTIA SALARIAL, debo declarar y declaro la improcedencia del despido causado a la demandante con efectos de 28-9-2016 condenando solidariamente a los demandados a que en el plazo de 5 días desde la notificación de esta resolución opten entre la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones anteriores o el abono de una indemnización por importe de 8.297,06.-euros.

El abono de la indemnización determinará la extinción del contrato que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo.

En caso de optar por la readmisión los trabajadores tendrán derecho a salarios de tramitación.

La opción deberá ejercitarse mediante escrito o por comparecencia ante la oficina del Juzgado dentro del plazo de 5 días desde la notificación de esta resolución sin esperar a la firmeza.

Y estimando la demanda de cantidad debo condenar y condeno solidariamente a los demandados FLIGHTECH SYSTEMS EUROPE SA, MEDIPRESS SA, FRANCISCO MIGUEL GAYA GONZALEZ, VERONICA GAYA RODRIGO a que abonen a Mª JESUS SANCHEZ PEREZ la cantidad de 1.143,08.-euros en concepto de vacaciones no disfrutadas más el interés por mora del art. 29.3 del ET.

Con absolución del FONDO DE GARANTIA SALARIAL sin perjuicio de la responsabilidad legal que proceda de este último.

Se notifica esta Sentencia a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACIÓN al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de esta resolución.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA la SENTENCIA a las Empresas MEDIPRESS SA, FLIGHTECH SYSTEMS EUROPE SA, FRANCISCO MIGUEL GAYA GONZALEZ y VERONICA GAYA RODRIGO en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a catorce de junio de dos mil diecisiete.

LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.594/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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