Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
19-07-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170719-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

80
Madrid número 6. Procedimiento 738 de 2016, notificación a Johnson Antideslizantes y Servicios, S. L.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

Dña. EVA SAN PABLO MORENO LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 06 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 738/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. ESTER ALONSO TERRONES frente a JOHNSON ANTIDESLIZANTES Y SERVICIOS SL y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

“FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por Dª ESTER ALONSO TERRONES, contra la empresa JOHNSON ANTIDESLIZANTES Y SERVICIOS, S.L.

I.- Debo declarar y declaro IMPROCEDENTE el despido llevado a cabo por la demandada con efectos de 15/07/2016, declarando extinguida la relación laboral que vinculaba a las partes y condenando a la demandada a abonar a la actora 2.731,83 euros en concepto de indemnización por tal extinción (una vez descontados los 430,54 euros ya percibidos por aquella por tal concepto).

II.- Debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora 1.438,30 euros que le adeuda por los conceptos reclamados en la demanda, mas el 10% en concepto de interés por la mora en el pago de dicha cantidad.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a JOHNSON ANTIDESLIZANTES Y SERVICIOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintisiete de junio de dos mil diecisiete.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.601/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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