Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
19-07-2017

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170719-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 2

77
Madrid número 2. Procedimiento 229 de 2015, notificación a Luis Fernando Deleito Godino

EDICTO

Don Enrique Calvo Vergara, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 229 de 2015 instados por procuradora doña Pilar Gema Pinto Campos, en nombre y representación de don Emeterio Barquilla Donaire, contra don Luis Fernando Deleito Godino, en reclamación de 5.600 euros, en los que se ha dictado, en fecha 8 de febrero de 2016, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Estimando la demanda interpuesta por don Emeterio Barquilla Donaire, siendo demandado don Luis Fernando Deleito Godino, debo condenar y condeno a este último al pago a la actora de la cantidad de 5.600 euros. Cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda, hasta su completo pago, interés que se incrementará en dos puntos porcentuales desde la fecha de esta sentencia. Todo ello con imposición de las costas causadas a la parte demandada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Luis Fernando Deleito Godino, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 24 de febrero de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/23.526/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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