Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
25-07-2017

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170725-55

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

55
Madrid. Sala de lo Social. Sección Tercera. Procedimiento 840 de 2016, notificación a Importconsolidators España, S. L.

SALA DE LO SOCIAL

Sección Tercera

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LUIS FARIÑAS MATONI LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección n° 03 de lo Social, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 840/2016 de esta Sección de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RAQUEL PICAZO SANCHEZ frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL EN MADRID, IMPORTCONSOLIDATORS ESPAÑA SL y D./Dña. ENRIQUE BLASCO ALVENTOSA sobre Recurso de Suplicación se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

“Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por. el/la LETRADO D./Dña. CARLOS NOVILLO PEREZ en nombre y representación de D./Dña. RAQUEL PICAZO SÁNCHEZ, contra la sentencia de fecha 8/04/2016 dictada por el Juzgado de lo Social n° 27 de Madrid en sus autos número Procedimiento Ordinario 172/2015, seguidos a instancia de D./Dña. RAQUEL PICAZO SÁNCHEZ frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL EN MADRID, IMPORTCONSOLIDATORS ESPAÑA SL y D./Dña. ENRIQUE BLASCO AL VENTOSA, en reclamación sobre Fondo de garantía salarial y, en consecuencia, debemos confirmar y confirmamos la sentencia de instancia. Sin hacer declaración de condena en costas”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a IMPORTCONSOLIDATORS ESPAÑA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 19 de junio de 2017

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN DE JUSTICIA

(03/23.527/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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