Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-07-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170726-193

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 5

193
Valencia número 5. Procedimiento 491 de 2015, notificación a Falcon Contratas y Seguridad, S. A.

EDICTO

DON JOSÉ MARÍA VILA BIOSCA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM CINCO DE LOS DE VALENCIA.

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue expediente núm. 000491/2015 a instancias de MARTIN GALVEZ RODRIGUEZ, ANTONIO RAFAEL ESCRIG BALLESTER y MANUEL SANCHEZ VIZCAINO contra FALCON CONTRATAS Y SEGURIDAD SA y RENFE OPERADORA S.A. en la que el día 4-05-2017 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:

TENIENDO POR DESISTIDA a la actora de la prosecución de su demanda contra RENFE OPERADORA y ESTIMANDOla demanda interpuesta por D. MANUEL SÁNCHEZ VIZCAÍNO, D. MARTÍN GÁLVEZ RODRÍGUEZ y D. ANTONIO RAFAEL ESCRIG BALLESTER contra FALCÓN CONTRATAS Y SEGURIDAD SA, habiendo comparecido el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, CONDENOa la mercantil demandada FALCÓNCONTRATAS Y SEGURIDAD SAa abonar a losactores lassumas que se indica a continuación, más los intereses del 10% ex artículo 29.3 ET. respecto de los conceptos salariales y los intereses legales desde la fecha de demanda ante el SMAC respecto de los conceptos extrasalariales, DESESTIMANDO la excepción de prescripción opuesta por el FOGASA.



Notifíquese la presente resolución a las partes con advertencia de que no es firme y que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, que deberá anunciarse dentro de los CINCO DÍAS siguientes a su notificación, lo que podrá efectuar el interesado al hacerle la notificación con la mera manifestación de la parte o de su Abogado o representante de su propósito de entablar tal recurso, o bien por comparecencia o por escrito presentado, también de cualquiera de ellos, ante este Juzgado de lo Social. Es requisito necesario que, al tiempo de hacer el anuncio, se haga el nombramiento de Letrado o Graduado Social que ha de interponerlo y que el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita, que no sea trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social presente en la Secretaría del Juzgado el documento que acredite haber consignado en la oficina deBANESTO, en la “Cuenta de Depósitos y Consignaciones”, nº de cuenta: 4470-0000-62-0491-15, abierta a nombre del Juzgado la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Igualmente, y al tiempo de interponer el recurso, el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita, que no sea trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá hacer entrega en la Secretaría de este Juzgado, de resguardo independiente o distinto del anterior, acreditativo del depósito de 300,00 euros, cuyo impreso tiene a su disposición en la referida entidad bancaria.

Y para que conste y sirva de notificación a FALCON CONTRATAS Y SEGURIDAD SA que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo, que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele, se le harán en estrados en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a cinco de julio de dos mil diecisiete.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/23.635/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170726-193