Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-07-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170726-160

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

160
Madrid número 36. Procedimiento 507 de 2016, notificación a Rorschach Enterprises, S. L., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ANGUSTIAS CARO VIDA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 36 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 507/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ROSA MARIA MUÑIZ LÓPEZ frente a D./Dña. IGNACIO AMEZUA GARCIA, MULTICENTRO GESTION NORTE ASESORIA DE EMPRESAS SL, D./Dña. MARIA TERESA GARCIA PEDROSA, D./Dña. PEDRO AMEZUA GARCIA, D./Dña. AHIDA AMEZUA GARCIA, FOGASA, MADA ASESORES SL, D./Dña. JOSE JULIAN AMEZUA BRIEVA, RORSCHACH ENTERPRISES, SL y D./Dña. IDOYA AMEZUA GARCIA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

SE ACUERDA SUBSANAR el defecto advertido en Decreto de fecha 27/06/2017, en los siguientes términos:

Donde dice:

“Se acuerda la firmeza de la Sentencia de fecha 08/03/2017, firme la presente resolución procédase al archivo de los autos”.

Debe decir:

“Una vez firme la Sentencia aún no notificada a todas las partes, procédase al archivo de los autos”.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este Decreto.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARIA ANGUSTIAS CARO VIDA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a RORSCHACH ENTERPRISES, SL y Dña. IDOYA AMEZUA GARCIA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de julio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/23.576/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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