Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-07-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170726-167

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

167
Madrid número 38. Ejecución 28 de 2015, notificación a Ángel Carmona Vázquez

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 28/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. IOAN BORICEANU frente a D./Dña. ANGEL CARMONA VAZQUEZ y JAVNOE TRANSINTER SL sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución :

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 6.792,48 € de principal más 1.358,49 € de intereses y costas provisionales, de los cuales,

- frente a la demandada D./Dña. ANGEL CARMONA VAZQUEZ , parte ejecutada , corresponde un principal de 4.823,35 euros , más 964,67 euros de intereses y costas, y

-frente a la demandada JAVNOE TRANSINTER SL, parte ejecutada, corresponde un principal de 1.969,13 euros, más 393,82 euros de intereses y costas.

Se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total de los ejecutados D./Dña. ANGEL CARMONA VAZQUEZ y JAVNOE TRANSINTER SL , sin perjuicio de que puedieran exnontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archivense las presentes actuaciones.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ANGEL CARMONA VAZQUEZ , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veintiocho de junio de dos mil diecisiete .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/23.656/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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