Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
27-07-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170727-27

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno

Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno

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Madrid. Organización y funcionamiento. Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno. Avocación competencias

Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 13 de julio de 2017, que avoca la competencia para los proyectos de supresión de barreras arquitectónicas en el barrio de Valdezarza y se delega en la concejala-presidenta del Distrito de Moncloa-Aravaca.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, con fecha 13 de julio de 2017, ha adoptado el siguiente Acuerdo por el que se avoca la competencia para la redacción, planificación y ejecución de los proyectos de supresión de tres barreras arquitectónicas en el barrio de Valdezarza y se delega en la concejala-presidenta del Distrito de Moncloa-Aravaca.

Durante los años 2015 y 2016, el Distrito de Moncloa-Aravaca ha recibido numerosas comunicaciones y escritos que ponen de manifiesto el problema de accesibilidad existente en el conjunto del barrio de Valdezarza. En concreto, la zona comprendida entre las calles Antonio Machado y Ofelia Nieto se caracteriza por una topografía bastante abrupta, con aceras muy estrechas y llenas de obstáculos, y en la que es habitual la existencia de largos tramos de escaleras, típicos del tejido de bloque abierto desarrollado durante los años 60.

La propia topografía hace que las promociones de viviendas se fueran construyendo en pequeñas islas que actualmente han quedado a distinto nivel entre sí, estando únicamente conectadas por largos tramos de escaleras que, en muchos casos, dan acceso a equipamientos relevantes, como el centro de salud o a los puntos de acceso a la red de transporte público.

En el año 2016 se han impulsado, a través de los fondos de reequilibrio territorial y los presupuestos participativos, algunas actuaciones encaminadas a la supresión de barreras arquitectónicas, siendo desarrolladas por la Dirección General de Espacio Público, Obras e Infraestructuras. Dichas actuaciones se han concentrado en la zona oeste de Valdezarza. Sin embargo, toda la zona este, habitada por unas 4.000 personas, está pendiente de acometerse, habiéndose detectado por el Distrito de Moncloa-Aravaca un total de 12 barreras arquitectónicas con alto impacto para la población residente en el barrio, que en gran medida está formada por personas mayores y, por tanto, con más problemas de movilidad, por lo que es imperiosa la necesidad de suprimir dichas barreras, lo cual mejoraría la vida de muchos vecinos del barrio.

De conformidad con lo previsto en el apartado 10.1.2.f) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, corresponde a la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras la competencia de redactar, planificar y ejecutar los proyectos de adecuación y reforma de las vías públicas y obras de paso, así como la ejecución de obras de remodelación y urbanizaciones de vías y espacios públicos.

No obstante, existen razones económicas, sociales, territoriales y de urgencia que aconsejan que, de forma puntual, la redacción, planificación y ejecución de los proyectos de supresión de tres barreras arquitectónicas en el barrio de Valdezarza pueda realizarse desde el Distrito de Moncloa-Aravaca.

Dichas razones se derivan, por una parte, de la disponibilidad de presupuesto dentro del Fondo de Reequilibrio Territorial de 2017, lo que supone una oportunidad para abordar parte de las barreras arquitectónicas que quedan aún sin solución, teniendo en cuenta, además, la necesidad de que dichos fondos se gasten en el año corriente y la obligación de cumplir con la legalidad vigente en materia de accesibilidad.

Por otra parte, si bien la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras ha programado la ejecución de obras de este carácter en el barrio de Valdezarza, entre los proyectos aprobados no se encuentran aquellos que abarcan la zona mencionada, que se considera prioritaria por su alta vulnerabilidad, lo que justifica que se haya optado por no esperar al ejercicio siguiente y permitir que la acción pueda desarrollarse por el propio Distrito de Moncloa-Aravaca.

Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque la competencia previamente delegada en la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras, conforme a lo dispuesto en el apartado 10.1.2.f) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, y que tal competencia sea posteriormente delegada en la concejala-presidenta del Distrito de Moncloa-Aravaca.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta del titular del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social y del titular del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, que eleva la titular del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo en su calidad de primera teniente de alcalde, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 13 de julio de 2017,

ACUERDA

Primero.—Avocar la competencia delegada en la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras en el apartado 10.1.2.f) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, única y exclusivamente en lo relativo a redactar, planificar y ejecutar los proyectos de supresión de tres barreras arquitectónicas en el barrio de Valdezarza del Distrito de Moncloa-Aravaca.

Segundo.—Delegar en la concejala-presidenta del Distrito de Moncloa-Aravaca la competencia avocada en el apartado anterior.

Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos.

Tercero.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Cuarto.—Se faculta a la Gerencia de la Ciudad para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente Acuerdo.

Quinto.—Quedan sin efecto todos los acuerdos que se opongan o contradigan lo establecido en el presente Acuerdo.

Sexto.—El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

Séptimo.—Del presente Acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

Madrid, a 13 de julio de 2017.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, PS (Decreto de 27 de junio de 2017, de la delegada del Área), la subdirectora general de relaciones con la Junta de Gobierno y Comisión Preparatoria, Concepción Contreras López-Brea.

(03/24.726/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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