Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
31-07-2017

Sección 1.2.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170731-3

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2017, del Director General de Función Pública, por la que se adjudica, en turno restringido, el puesto funcional de Libre Designación «Subdirector Complejo Educativo “Ciudad Escolar San Fernando”» (NPT 19500), adscrito a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, convocado por la Orden 623/2017, de 1 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de abril de 2017), de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

Vista la propuesta de la Directora General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, de acuerdo con lo establecido en la base séptima, punto 2, de la Orden 623/2017, de 1 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de abril de 2017), de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se convocaban pruebas selectivas para proveer, en turno restringido, el puesto funcional de Libre Designación «Subdirector Complejo Educativo “Ciudad Escolar San Fernando”» (NPT 19500),

DISPONGO

Primero

Adjudicar, en turno restringido, el puesto funcional de Libre Designación «Subdirector Complejo Educativo Ciudad Escolar San Fernando”» (NPT 19500), a don Ángel Luis Giménez Bravo (DNI 02601308-P).

Segundo

La presente Resolución tendrá efectos desde el 31 de julio de 2017, debiendo, con esa fecha, producirse la incorporación del seleccionado a su puesto de trabajo y, en su caso, el cese del trabajador adscrito con carácter provisional al mismo. Igualmente, deberá formalizarse en el contrato de trabajo del seleccionado la oportuna diligencia del consentimiento respecto de las nuevas condiciones laborales. En cuanto al régimen de remoción del puesto, de dedicación y de retribuciones se estará a las prescripciones contenidas en el Convenio Colectivo.

Tercero

Contra esta Resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse demanda ante los Juzgados de lo Social de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, sin perjuicio de cuantas otras acciones se estime oportuno interponer.

Madrid, a 19 de julio de 2017.—El Director General de Función Pública, Antonio López Porto.

(03/25.615/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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