Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
08-08-2017

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170808-32

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

OFERTAS DE EMPLEO

32
Alcobendas. Ofertas de empleo. Aspirantes proceso selectivo

De conformidad con las bases que rigen la convocatoria para proveer mediante promoción interna dos plazas de cabo de la Policía Local, grupo C, subgrupo C2, escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Ejecutiva, categoría cabo, pertenecientes a la Oferta de Empleo Público 2016.

Visto los decretos números 8165 y 8584, de 11 y 20 de julio de 2017, respectivamente, por los que se aprueba la lista provisional de candidatos admitidos y excluidos al proceso que este Ayuntamiento, tiene actualmente en trámite y la composición del tribunal que ha de juzgar las pruebas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y las competencias atribuidas por delegación a la Concejalía-Delegada de Economía, Hacienda, Recursos Humanos, Comercio, Fomento del Empleo y Nuevas Oportunidades, y Captación de Inversiones, en virtud del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 30 de junio de 2015 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 208, de 2 de septiembre de 2015), ha resuelto:

Primero.—Aprobar la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos al proceso, que estará expuesta en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Alcobendas y en la Intranet municipal.

Contra esta lista provisional podrán presentarse reclamaciones en el plazo de diez días hábiles, a partir de su publicación en el tablón de edictos de la Corporación y de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. De no existir reclamaciones, la lista se elevará automáticamente a definitiva. En caso de que las hubiere, estas serán aceptadas o rechazadas en la resolución que apruebe la lista definitiva.

Segundo.—Aprobar la composición de la Comisión de Valoración que figura en la base quinta de las que rigen la presente convocatoria, quedando como se indica a continuación:

Presidente: titular, doña Mercedes Ocaña Aguirre; suplente, doña Dolores Díaz Sánchez.

Secretaria: titular, doña María Elena de Santos Sánchez; suplente, doña Mercedes Navarro de Palencia López.

Vocales:

— Titular, don Antonio Pardo Villamor; suplente, don Julio Villegas Rueda.

— Titular, don Francisco José Fulgueiras Ortiz; suplente, doña María Elena Carrasco Cano.

— Titular, don Juan Pedro Caravaca Torres; suplente, don Eusebio Gallego Cacereño.

— Titular, don Agustín Martínez Gallego; suplente, doña Nuria Martínez Lebrón.

Los interesados podrán promover recusación a cualquier miembro de la Comisión, en los términos previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de estas bases de convocatoria.

Podrá asistir a la celebración de las pruebas un representante de cada uno de los grupos políticos en la Corporación municipal en calidad de observadores. Los representantes sindicales también podrán asistir a la celebración de las pruebas como observadores, hasta un máximo de tres y, en la medida de lo posible, serán del ámbito de trabajo al que pertenezca la plaza.

Frente al presente acto de trámite que no agota la vía administrativa no cabe la interposición de recurso, sin perjuicio de la posibilidad de recurrir la resolución que ponga fin a este procedimiento, de conformidad y dejando a salvo lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Púbicas.

Alcobendas, a 24 de julio de 2017.—El alcalde en funciones, Ramón Cubián Hernández.

(03/25.967/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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