Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
11-08-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170811-27

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia para el Empleo de Madrid

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Madrid. Régimen económico. Agencia para el Empleo de Madrid. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de convocatoria pública de subvenciones a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro.

BDNS (Identif.): 358203

Extracto de la resolución de 21 de julio de 2017, de la gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos para la realización de itinerarios de reinvención profesional o formación en competencias digitales.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen que desarrollen proyectos para la realización de itinerarios de reinvención profesional o formación en competencias digitales.

Segundo. Objeto.—El objeto general de la convocatoria es el diseño, planificación y realización de proyectos de itinerarios de reinvención profesional o de formación en competencias digitales en el municipio de Madrid destinados a personas inactivas o desempleadas mayores de cuarenta años.

Se entiende por proyectos de reinvención profesional aquellos que permitan a las personas destinatarias experimentar un cambio de rumbo profesional mediante una nueva trayectoria acorde con las capacidades y habilidades adquiridas por cada persona. Para ello habrá de establecerse un plan de acción, tanto para modificar los hábitos laborales como para afrontar los nuevos retos que se presentarán.

Por otro lado, se consideran competencias digitales aquellas que implican el uso creativo, crítico y seguro de las tecnologías de la información y la comunicación para alcanzar los objetivos relacionados con el trabajo, la empleabilidad, el aprendizaje, el uso del tiempo libre, la inclusión y participación en la sociedad.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es

Cuarto. Cuantía.—El crédito destinado a esta convocatoria asciende a 490.000 euros. El importe máximo a percibir será de 50.000 euros por proyecto, subvencionado para las entidades o instituciones que se presenten individualmente, y hasta 100.000 euros para aquellas que se presenten agrupadas.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días contados desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Se valorarán únicamente aquellos proyectos en los que participen un mínimo de treinta personas desempleadas. Las solicitudes ordenadas según su puntuación percibirán la cuantía a subvencionar contemplada en el propio proyecto hasta agotar el crédito disponible en la convocatoria.

Madrid, a 21 de julio de 2017.—La gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, Belén García Díaz.

(03/27.113/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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