Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
11-08-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170811-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTILLA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Villamantilla. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

Con fecha 21 de julio de 2017, la Alcaldía-Presidencia adoptó la siguiente resolución:

Decreto de Alcaldía

Celebradas las elecciones locales el pasado día 24 de mayo de 2015, vista la sesión constitutiva del Ayuntamiento de fecha 13 de junio de 2015, y visto el decreto de fecha 13 de junio de 2015, en uso de las facultades que le confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo:

Primero.—Efectuar las siguientes delegaciones:

— Segundo teniente de alcalde: se le delegan las competencias relativas a las siguientes aéreas:

1. Festejos.

2. Cultura y educación.

La delegación tendrá carácter genérico y abarcará la facultad de dirigir los servicios correspondientes, no queda incluida la facultad de resolución.

Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa, y remitir la resolución del nombramiento al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación en el mismo, igualmente publicar la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por el alcalde.

En Villamantilla, a 21 de julio de 2017.—El alcalde, Juan Antonio de la Morena Dona.

(03/26.726/17)3

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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