Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 194

Fecha del Boletín 
16-08-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170816-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 7

126
Alicante número 7. Ejecución 80 de 2016, notificación a Tecnimac Servicio Técnico Inforgráfico, S. A.

EDICTO

Doña Silvia María Fuentes Guzmán, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 7 de Alicante.

Notifica: En la ejecución número 80 de 2016, autos número 919 de 2014, seguidos en este Juzgado, a instancias de don Francisco Díez Miralles, frente a “Tecnimac Servicio Técnico Infográfico, Sociedad Anónima”, se ha dictado resolución que en lo necesario, dice así:

Decreto número 633 de 2016

La letrada de la Administración de Justicia doña Silvia María Fuentes Guzmán.—En Alicante, a 2 de diciembre de 2017.

Acuerdo: A los efectos de las presentes actuaciones, se declara insolvente provisional a la ejecutada “Tecnimac Servicio Técnico Infográfico, Sociedad Anónima”, por la cantidad de 2.242,65 euros de principal, sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes, las cantidades que por principal y costas está obligada a satisfacer.

De conformidad con lo establecido en el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, anótese la declaración de insolvencia decretada en el Registro correspondiente, una vez adquiera firmeza la presente resolución.

Verificado, archívense las actuaciones.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días, ante este Juzgado, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición el recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida, y con los requisitos establecidos en el artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, debiendo efectuar, quienes no tengan la condición de trabajador, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, funcionario o personal estatutario en su actuación ante este orden jurisdiccional como empleados públicos, la previa consignación de 25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones en “Banco Santander, Sociedad Anónima”, número 0122-0000-64-0080 16, no admitiéndose a trámite el recurso cuyo depósito no se encuentre constituido.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia. Ante mí.—Sigue firma.

Y para que sirva de notificación en forma a la empresa demandada “Tecnimac Servicio Técnico Infográfico, Sociedad Anónima”, actualmente en ignorado paradero, y para su publicación en el Boletín Oficial de esta Provincia, expido y firmo el presente en Alicante, a 14 de julio de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/26.007/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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