Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 194

Fecha del Boletín 
16-08-2017

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170816-7

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ORDEN 2471/2017, de 2 de agosto, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se desestiman diversas solicitudes presentadas a la convocatoria de becas de residencia en el extranjero para jóvenes artistas y comisarios del ámbito de las artes visuales correspondientes a 2017.

Por Orden 5100/2016, de 27 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, se convocaron becas de residencia en el extranjero para jóvenes artistas y comisarios del ámbito de las artes visuales correspondientes a 2017.

A la vista de las solicitudes recibidas y de su evaluación por parte del Jurado Calificador de las mismas reunido el día 30 de mayo de 2017, una vez reunida la Comisión de Valoración el día 31 de mayo de 2017 y elevada, por mediación de la Dirección General de Promoción Cultural, la correspondiente propuesta de resolución, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y artículo 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Desestimar las solicitudes que se relacionan en el Anexo a la presente Orden, por los motivos que se especifican en el mismo.

Segundo

La presente Orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero

Esta Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime oportuno interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 112 y 113 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 1 de agosto de 2017.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1768/2015, de 10 de agosto, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de agosto), la Directora General de Promoción Cultural, PS (Resolución de 11 de julio 2017), el Subdirector General de Gestión y Promoción Cultural, José Martínez Jiménez.



(03/27.337/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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