Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-08-2017

Sección 1.3.65.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170821-6

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

6
EXTRACTO de la Orden 729/2017, de 8 de agosto, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2017 de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiación de proyectos de carácter asistencial en favor de personas afectadas por el VIH/SIDA.

BDNS: 359287

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web www.madrid.org

Primero

Beneficiarios

Organizaciones no gubernamentales, asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro que organicen o tengan en marcha proyectos de carácter asistencial, realizados dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid y destinados exclusivamente al desarrollo de actividades cuyo objetivo sea la atención y asistencia domiciliaria y el alojamiento y acogida de personas afectadas por el VIH/SIDA.

Segundo

Objeto

Proyectos asistenciales dirigidos a personas afectadas por el VIH/SIDA, realizados dentro de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Bases reguladoras

Texto consolidado de la Orden 973/2013, de 14 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, según redacción dada por Orden 352/2016, de 3 de mayo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 113, de 11 de mayo de 2016).

Cuarto

Cuantía

El presupuesto destinado a financiar la presente convocatoria asciende a 480.000 euros.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto

Criterios de valoración

Las solicitudes se puntuarán en función de los siguientes criterios: Población a la que van dirigidos los recursos y actividades, recursos humanos que desempeñen funciones profesionales relacionadas con el desarrollo de actividades asistenciales objeto de la subvención y número de personas que las llevan a cabo, calidad técnica del proyecto, tipo de acciones asistenciales desarrolladas, acciones de seguimiento, evaluación y mejora, actividades formativas, tanto del personal que participa en las actividades como, especialmente, en materia de prevención de riesgos y aspectos psicosociales vinculadas a la enfermedad.

Madrid, a 8 de agosto de 2017.

El Consejero de Sanidad, JESÚS SÁNCHEZ MARTOS

(03/27.737/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.65.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170821-6