Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
22-08-2017

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170822-100

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

100
Madrid número 41. Ejecución 2 de 2017, notificación a Eco Ingeniería y Servicio Técnico, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 2/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUAN MORALES GONZALEZ y D./Dña. JUAN JESUS DIAZ DE SOSA frente a ECO INGENIERIA Y SERVICIO TECNICO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto de Insolvencia 26.07.2017

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 3.838,23 euros de principal ( 1.837,16 euros que corresponden a D. JUAN JESUS DIAZ DE SOSA y 2.001,07 euros que corresponden a D. JUAN MORALES GONZALEZ ); más 383,82 de intereses y 383,82 euros calculados para costas, estos últimos con carácter provisional se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado ECO INGENIERIA Y SERVICIO TECNICO SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archivense las presentes actuaciones.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ECO INGENIERIA Y SERVICIO TECNICO SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintisiete de julio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/26.408/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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