Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
23-08-2017

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170823-35

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

URBANISMO

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Getafe. Urbanismo. Modificación puntual PGOU

Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 14 de julio de 2017, se adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar inicialmente, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, la Duodécima Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe “Madre Maravillas”, conforme al artículo 57.a) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Esta modificación propone subsanar errores detectados en el documento del Plan General, adecuándolo a la realidad existente. La modificación consiste en transformar 1.012 m2 s de espacio libre público en equipamiento asistencial privado y 262 m2 s de equipamiento religioso privado en espacio libre público. La disminución de la superficie de suelo dotacional público (750 m2 s) se compensa, tanto el incremento de aprovechamiento como la pérdida de suelo dotacional público, transformando 754 m2 s de terciario-comercial en equipamiento social público.

Segundo.—Someter la modificación al trámite de información pública por el plazo de un mes, mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en un periódico de amplia difusión y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Getafe, tal como establece el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Se solicitarán informes sectoriales a los siguientes organismos públicos:

— Dirección General del Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, para que tramite la correspondiente “evaluación ambiental estratégica simplificada”, según disponen los artículos 6.2 y 29 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

— Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a efectos de la emisión de informe previsto en el artículo 35.2 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.

— Canal de Isabel II.

Que deberán emitirse en el plazo de un mes a contar desde la recepción de la documentación, de conformidad con el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Cuarto.—Suspender el otorgamiento de la realización de actos de uso del suelo, de construcción y edificación y de ejecución de actividades y, por tanto, suspender el otorgamiento de nuevas licencias en las siguientes parcelas de suelo urbano consolidado:

— “Manzana ECD”, zona de ordenanza 11, subzona b “Sexto Cinturón”; parcela catastral 5804801VK3650N0001JP, de propiedad municipal.

— Parcela catastral 4441701VK4644S0001LW, que ocupa la iglesia del barrio del Cura de Perales.

— Parcela catastral 4442601VK4644S0001BW, propiedad del Centro Geriátrico “Madre Maravillas”, en el barrio de Perales del Río.

Hasta la aprobación definitiva de la Modificación y, como máximo, por un período de un año a contar desde el acuerdo de aprobación Inicial de la misma, ampliable otro año siempre que se hubiere completado el período de información pública».

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar el documento aprobado inicialmente en la web del Portal de Transparencia https://transparencia.getafe.es/portalGetafe/transparencia/se_contenedor... guage=es&codResi=1&codMenuPN=107&codMenuSN=117&codMenuTN=297&codMenu= 298, así como presencialmente en los Servicios Técnicos Municipales (plaza de la Constitución, número 1, tercera planta, 28901 de Getafe), en las mañanas de los días hábiles, a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio, como así mismo, formular por escrito cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos, que habrán de presentarlas en el Registro General de la Corporación.

Getafe, a 20 de julio de 2017.—El secretario general del Pleno, Pedro Bocos Redondo.

(03/27.425/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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