Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 212

Fecha del Boletín 
06-09-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170906-28

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVIEJA DEL LOZOYA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

28
Villavieja del Lozoya. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

Por resolución de Alcaldía 83/2017, de 23 de agosto de 2017, el alcalde don Antonio M. González Núñez delegaba en la teniente alcalde doña María Luisa Sánchez Muñoz por causas de carácter jurídico que justifican y hacen necesaria la delegación el ejercicio de la competencia relativa concesión de licencia de obra, lo que se publica a los efectos del artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

“Vista la solicitud formulada por don Antonio Mateo González Núñez con fecha 26 de julio de 2017, RGE número 584/2017, referente a solicitud de licencia de obra en la vivienda sita en calle Saliente, número 15, de Villavieja del Lozoya (Madrid).

Considerando que el interesado es el señor alcalde por lo que concurren en su persona las causas de abstención, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2.a) y b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

Considerando las atribuciones que me confiere los artículos 43.4 y 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Por medio del presente, resuelvo:

Primero.—Conceder delegación especial a doña María Luisa Sánchez Muñoz, teniente de alcalde de este Ayuntamiento, para que resuelva el expediente de concesión de licencia de obra en la vivienda sita en la calle Saliente, número 15, de Villavieja del Lozoya solicitado por don Antonio M. González Núñez.

Segundo.—La presente delegación se concede con carácter especial para el cometido específico de resolución del expediente anteriormente reseñado a la señora teniente de alcalde doña María Luisa Sánchez Muñoz.

Tercero.—Que se notifique el presente decreto al Pleno de la Corporación en la próxima sesión que se celebre”.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Villavieja del Lozoya, a 23 de agosto de 2017.—El alcalde-presidente, Antonio M. González Núñez.

(03/28.166/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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