Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
07-09-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170907-23

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Cultura y Deportes

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Cultura y Deportes. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria de subvención en concurrencia competitiva destinada a festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales 2017.

BDNS (Identif.): 361086

Extracto del decreto de 31 de agosto de 2017, de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, por el que se aprueba la convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales 2017, aprobando las correspondientes bases.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

— Podrán optar a la presente convocatoria las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, así como las entidades culturales sin ánimo de lucro, que gestionen festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales en el término municipal de Madrid.

— Quedan excluidos aquellos proyectos que, aun realizándose en esta ciudad, consten de actividades itinerantes vinculadas a otros eventos no propiamente madrileños, así como todos aquellos proyectos culturales de programación regular y continuada en el tiempo o cualquier otra actividad que no se ajuste a las características señaladas en esta convocatoria.

— No se admitirá la solicitud de más de un proyecto por cada entidad concurrente. En el caso de que una misma entidad haya organizado dos ediciones del mismo festival o evento en el período subvencionable del 1 de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2017 integrará en la misma solicitud y memoria de proyecto ambas ediciones, con las especificaciones que se detallan en el artículo 10 de la presente convocatoria.

— No podrán acceder a las subvenciones previstas en la presente convocatoria las entidades privadas adjudicatarias de la gestión de festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales de titularidad pública.

— No se admitirán solicitudes de entidades en las que la participación mayoritaria en su capital social, patrimonio fundacional o en sus órganos de gobierno, administración o dirección corresponda a cualquier Administración pública, entidad del sector público, financiera o de crédito.

— Las subvenciones previstas en la presente convocatoria serán incompatibles con cualesquiera otras subvenciones de pública concurrencia o nominativas del Área de Gobierno de Cultura y Deportes del Ayuntamiento de Madrid para la realización del mismo proyecto, ya sea en su totalidad o en partes diferenciadas.

— Las subvenciones previstas en la presente convocatoria serán incompatibles con las ayudas del Área de Gobierno de Cultura y Deportes destinadas a salas de pequeño formato de actividad cultural escénica, salas de música en vivo, espacios independientes de creación contemporánea y espacios beneficiarios de subvenciones nominativas, en el supuesto de que el evento para el que se solicite la ayuda se desarrolle mayoritariamente en el mismo espacio.

Segundo. Objeto.—Es objeto de la presente convocatoria la promoción de las artes visuales, el cine, la música, las artes escénicas y la literatura, a través de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la realización de festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, modificada por acuerdo de 31 de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es

Cuarto. Cuantía.—La cuantía de la convocatoria asciende a 1.200.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—A los efectos de la presente convocatoria, se entiende por festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales aquellos proyectos organizados por entidades de iniciativa privada en el término municipal de Madrid, en las formas enunciadas o en otras como jornadas, ciclos o similares, que estén dedicados a uno o varios campos de la creación artística vinculada a las artes visuales, el cine, la música, las artes escénicas o la literatura, ya sean de periodicidad anual, bienal, o bien se trate de acciones o eventos de celebración única, y cuya duración sea como máximo de dos meses.

Séptimo. Publicación.—Se publicará un extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, publicándose el texto íntegro de la misma en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).

Madrid, a 1 de septiembre de 2017.—La secretaria general técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, María Teresa Jiménez Ortiz.

(03/28.709/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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