Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
07-09-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170907-57

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 2

57
Fuenlabrada número 2. Procedimiento 849 de 2016, notificación a Alfonso Pérez Zapata

EDICTO

Doña Silvia Álvarez Vega, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Fuenlabrada.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia. Modificación de medidas supuesto contencioso número 849 de 2016, instados por el procurador señor Franco González, en nombre y representación de doña Maribel Villas Palomar, contra don Alfonso Pérez Zapata, en los que se ha dictado, en fecha 21 de junio de 2017, la sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo parcialmente la demanda interpuesta por el procurador señor Franco González, en nombre de doña Maribel Villas Palomar, frente a don Alfonso Pérez Zapata, acordando:

1. La atribución del ejercicio exclusivo de patria potestad y la guarda y custodia de Víctor Pérez Villas, nacido el 6 de julio de 2001, a su madre, doña Maribel Villas Palomar.

2. Fijación de un derecho de visitas, estancias y comunicaciones de Víctor Pérez Villas con su padre don Alfonso Pérez Zapata, flexible, pactado libremente entre ellos teniendo en cuenta las rutinas, necesidades y desarrollo del menor.

3. Se concede el uso y disfrute del domicilio familiar sito en avenida de las Naciones, número 28, 7.o B, de Fuenlabrada, al hijo menor Víctor Pérez Villas y a la madre como progenitor custodio.

4. Se fija la pensión de alimentos para el menor en la cantidad mensual de 400 euros. Pensión que el padre habrá de abonar por mensualidades anticipadas dentro de los primeros cinco días de cada mes en la cuenta corriente que al efecto designe la madre. Se actualizará anualmente, con efectos del día 1 de enero de cada año, tomando como base para su adecuación el índice general de precios al consumo que publique el Instituto Nacional de Estadística u organismo que en el futuro pudiera asumir dicha función.

5. Cada progenitor contribuirá al 50 por 100 en los gastos extraordinarios del menor.

Sin condena en costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2374-0000-35-0849-16 de esta oficina judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en “Banco Santander”.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 2 de Fuenlabrada, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2374-0000-35-0849-16.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional 15).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El/la juez/magistrado/a-juez (firmado).

Nota: Siendo aplicable la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en los artículos 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los datos contenidos en esta comunicación y en la documentación adjunta son confidenciales, quedando prohibida su transmisión o comunicación pública por cualquier medio o procedimiento y debiendo ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Alfonso Pérez Zapata y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Fuenlabrada, a 29 de junio de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/24.192/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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