Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 225

Fecha del Boletín 
21-09-2017

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170921-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

63
Madrid número 13. Ejecución 154 de 2017, notificación a Home Starsano, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ISABEL TIRADO GUTIERREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 154/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ISABEL MARCO NARANJO frente a FOGASA, HOME STARSANO SL y RAMAJO, CARO GARRIDO, S.L.P. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado AUTO de fecha 14/7/17 cuya parte dispositiva es la siguiente:

“Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, ISABEL MAROC NARANJO, frente a la demandada HOME STARSANO S.L. y “RAMAJO, CARO GARRIDO, S.L.P.”, parte ejecutada, por un principal de 9.866,9 euros más 493,34 euros más 986,69 euros de intereses y costas calculados provisionalment respectivamente,más 598,95 euros de costas del ordinario 388/16, sin perjuicio de su posterior liquidación. “

Asimismo se ha dictado DECRETO de 14/7/17 cuya parte dispositiva es la siguietne:

“Proceder a la INVESTIGACIÓN JUDICIAL del patrimonio del ejecutado. A tal efecto, se consultarán las bases de datos a las que tenga acceso este órgano judicial y se librarán los despachos pertinentes a los organismos y registros públicos a fin de que faciliten la relación de todos los bienes o derechos del deudor de los que tengan constancia, tras la realización por éstos, si fuere preciso, de las averiguaciones legalmente posibles. Se recabará la información precisa, dentro de los límites del derecho a la intimidad personal, para lograr la efectividad de la obligación pecuniaria que ejecute, de entidades financieras o depositarias o de otras personas privadas que por el objeto de su normal actividad o por sus relaciones jurídicas con el ejecutado deban tener constancia de los bienes o derechos de éste o pudieran resultar deudoras del mismo.

-Se acuerda el embargo de las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT tenga pendientes de devolver a las partes ejecutadas. A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.

-Se acuerda el embargo de los SALDOS de “RAMAJO, CARO GARRIDO, S.L.P” y “HOME STARSANO S.L.” en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas. A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.

Líbrese OFICIO al Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid a fin de que informe en qué fase de la liquidación se encuentra la demandada HOME STARSANO S.L. por si estuviera en el supuesto del art. 178 de la Ley Concursal.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HOME STARSANO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 14 de julio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/28.565/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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