Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
29-06-2010

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100629-143

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL “LA ENCINA”

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

143
Ordenanza creación y modificación de ficheros de datos de carácter personal

Con fecha 27 de mayo de 2010 se ha elevado a definitiva a la aprobación de la ordenanza general reguladora de la creación y modificación de ficheros de datos de carácter personal de la Mancomunidad Intermunicipal “La Encina”, cuyo texto completo es el siguiente:

ORDENANZA REGULADORA DE LA CREACIÓN Y MODIFICACIÓN DE FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE LA MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL “LA ENCINA”

La Constitución española, en su artículo 18, reconoce como derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal y establece que la “ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos”.

Este derecho fundamental se garantiza y protege a través de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, LOPD. El artículo 20 de la LOPD establece que la creación, modificación y supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o diario oficial correspondiente.

Según el artículo 41.1 de la LOPD y el artículo 2 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, las Corporaciones Locales en materia de protección de datos quedan bajo el ámbito de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

En virtud del artículo 4.4 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposición general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales cada uno de los entes que integran la Administración Local del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid tienen atribuida la competencia para la creación, modificación y supresión de sus ficheros, mediante la aprobación de la correspondiente ordenanza municipal o cualquier otra disposición de carácter general.

De conformidad con lo establecido en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, la Junta de la Mancomunidad, aprobó una ordenanza general reguladora de la creación de ficheros informatizados de datos de carácter personal, elevada a definitiva el 17 de mayo de 2007, y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de junio de 2007.

Tras el informe de auditoría efectuado en febrero de 2009 se ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar los tres ficheros declarados para adaptarlos a la realidad y crear uno nuevo.

En consecuencia se formula esta ordenanza que tiene por objeto la modificación de la hasta ahora vigente, reguladora de la creación de ficheros informatizados de carácter personal, aprobada el 17 de mayo de 2007, a la que sustituye.

Artículo primero.—Se crea el fichero de datos de carácter personal que se relaciona y se describe en el anexo I del presente Acuerdo, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposición general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales.

Artículo segundo.—Se modifican los tres ficheros de datos de carácter personal que se relacionan y describen en el anexo II del presente Acuerdo, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposición general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sustituyendo a la aprobada el 17 de mayo de 2007 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de junio de 2007).

ANEXO I

CREACIÓN DE FICHEROS

1. FICHEROS DE USUARIOS DE SERVICIOS SOCIALES

1) El órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES “LA ENCINA”.

2) El órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (este apartado se cumplimentará solo en el caso de que sea diferente al responsable del fichero): …

3) El nombre del fichero: Usuarios de servicios sociales.

4) Descripción del fichero: Contiene los datos de carácter personal necesarios para la gestión y control de los servicios sociales desarrollados por la mancomunidad.

5) Encargado del tratamiento: “AIRA Soluciones Informáticas, Sociedad Limitada”.

6) Medidas de seguridad: nivel alto.

7) El carácter informatizado o manual estructurado del fichero: mixto.

8) Los tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el mismo:

a) Otros datos especialmente protegidos: datos de salud, datos de vida sexual.

b) Datos de carácter identificativo: nombre, apellidos, documento nacional de identidad, dirección, teléfono, firma e imagen.

c) Datos de características personales.

d) Datos de circunstancias sociales.

e) Datos académicos y profesionales.

f) Datos de detalle de empleo.

g) Datos económicos, financieros y de seguros.

h) Datos de transacciones de bienes y servicios.

9) La descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: gestionar la solicitud, seguimiento y desarrollo de los servicios sociales que se prestan a los usuarios de los mismos por la Mancomunidad.

10) Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: vecinos de los municipios que pertenecen a la Mancomunidad y que son usuarios de los servicios sociales que se ofrecen.

11) La procedencia o el procedimiento de recogida de los datos:

— Propio interesado o su representante legal.

— Otras personas físicas.

— Administraciones Públicas.

12) Los órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas:

— Organismos de la Seguridad Social.

— Instituto Nacional de Estadística.

— Otros órganos de la Administración Local.

— Otros órganos de la Comunidad Autónoma, bancos, cajas de ahorro y cajas rurales e interesados legítimos.

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHEROS

1. FICHERO GESTIÓN ECONÓMICA

1) Número de registro: 2073440001.

2) Apartado/s de la inscripción que se modifica/n:

a) Identificación y finalidad del fichero.

b) Estructura básica y descripción de los tipos de datos.

c) Origen y procedencia de los datos.

3) Contenido íntegro de cada uno de los apartados que se modifiquen:

a) Identificación y finalidad del fichero:

— Gestión económica.

— Datos de la gestión económica y contable de la Mancomunidad.

b) Estructura básica y descripción de los tipos de datos:

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, ­teléfono.

— Datos económico-financieros y de seguros.

— Datos de transacciones de bienes y servicios.

c) Origen y procedencia de los datos: del propio interesado o de su representante legal.

2. FICHERO NÓMINA Y PERSONAL

1) Número de registro: 2073440002.

2) Apartado/s de la inscripción que se modifican:

a) Identificación y finalidad del fichero.

b) Cesión o comunicación de datos.

3. Contenido íntegro de cada uno de los apartados que se modifiquen:

a) Identificación y finalidad del fichero:

— Nóminas y personal.

— Datos de la nómina de los empleados de la Mancomunidad, a fin de realizar la gestión de personal y el pago de sus retribuciones mensuales.

b) Cesión o comunicación de datos: Organismos de la Seguridad Social, Hacienda Pública, Tribunal de Cuentas, entidades aseguradoras y bancos, cajas de ahorro y cajas rurales.

3. FICHERO REGISTRO DE ENTRADA/SALIDA

1. Número de registro: 2073440003.

2. Apartado/s de la inscripción que se modifica/n:

a) Identificación y finalidad del fichero.

b) Estructura básica y descripción de los tipos de datos.

c) Origen y procedencia de los datos.

3. Contenido íntegro de cada uno de los apartados que se modifiquen:

a) Identificación y finalidad del fichero:

— Registro de entrada y salida.

— Gestión del registro de entrada y salida de documentos.

b) Estructura básica y descripción de los tipos de datos:

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección.

— Otros: descripción del documento de entrada o salida de los datos.

c) Origen y procedencia de los datos: el propio interesado, otras personas físicas, ­registros públicos, entidades privadas y Administraciones Públicas.

Contra la anterior ordenanza cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid.

Villanueva de la Cañada, a 27 de mayo de 2010.—La presidenta, María Belén Botello González.

(03/23.701/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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