Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
29-06-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100629-155

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

155
Juicio verbal 770 de 2008

Doña Purificación Fernández Suárez, secretaria judicial con destino en el Juzgado de primera instancia número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de juicio verbal número 770 de 2008, a instancias de “Gas Natural SDG, Sociedad Anónima”, representado por el procurador don Juan Carlos Gálvez Hermoso de Mendoza, contra don Regino Gerardo Jiménez, sobre reclamación de cantidad, y ante el ignorado domicilio del demandado que se indica se ha acordado librar el presente a fin de notificar al mismo la sentencia de fecha 6 de octubre de 2009 dictada en el procedimiento de referencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador señor Gálvez Hermoso de Mendoza, en representación de la mercantil “Gas Natural SDG, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro la resolución del contrato de suministro de gas que liga a la actora con la parte demandada, don Regino Gerardo Jiménez, suscrito mediante póliza de abono número 2.618.705, condenando, asimismo, a dicho demandado al abono a la actora de la cantidad de 764,02 euros, la que se incrementará mediante la aplicación de los intereses legales de la misma desde la fecha de interposición de la demanda hasta el completo pago de la deuda que desde la fecha de la presente sentencia serán los previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, así como al pago de la suma resultante según facturación comprendida entre la última lectura facturada (2.7832 metros cúbicos), según consta en la última factura acompañada, y la correspondiente lectura que se realizará en el momento de proceder a la desconexión y retirada del contador, al precio de la tarifa vigente, todo ello cuanto al presente pedimento se refiere a determinar en ejecución de sentencia y cuyas cantidades desde la fecha de la presente sentencia, autorizándose a los fines de llevar a cabo la retirada y desconexión del contador la entrada en el inmueble sito en esta ciudad, calle Rocafort, número 23, primero izquierda, de personal técnico de la actora para el caso de que el demandado no accediera voluntariamente a permitir su acceso a la demandada, quienes irán acompañados por agente judicial de este Juzgado, portando el correspondiente mandamiento a fin de proceder a la toma del consumo efectuado hasta ese momento en la citada vivienda y lleven a cabo la desconexión y retirada del contador de gas, clausurando la instalación receptora.

Se condena, asimismo, al demandado al abono de las costas procesales devengadas en la substanciación del procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles contra la misma podrán preparar ante este Juzgado y para la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado rebelde, cuyo domicilio se ignora, don Regino Gerardo Jiménez, al que se le hace saber que no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación que podrá preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID expido la presente en Madrid, a 4 de junio de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/6.333/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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