Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
29-06-2010

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100629-163

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

163
Juicio de faltas 636 de 2009

El secretario del Juzgado de instrucción número 20 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 636 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por don Antonio Viejo Llorene, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 20 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 636 de 2009, seguidos por estafa, en el que han sido partes, además del ministerio fiscal: doña Marjorie Elizabeth Palas Montoya, en calidad de denunciante, la entidad perjudicada y don David Hugo Montoya Riveros, en calidad de denunciados, convengo en señalar lo siguiente:

Que debo absolver y absuelvo libremente de los hechos objeto del presente procedimiento a don David Hugo Montoya Riveros, declarando de oficio las costas del mismo.

Notifíquese a las partes en la forma prevista en el artículo 240.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, haciendo saber que esta sentencia no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, que deberá formalizarse ante este Juzgado por escrito en la forma prevista en el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don David Hugo Montoya Riveros, actualmente en paradero desconocido y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 19 de mayo de 2010.—El secretario (firmado).

(03/23.385/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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