Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
29-06-2010

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100629-19

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE FAMILIA Y ASUNTOS SOCIALES

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RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2010, de la Dirección General del Mayor, por la que se modifica el importe mensual que deben aportar los ocupantes de plazas financiadas parcialmente por la Comunidad de Madrid en residencias de personas mayores establecido por la Resolución 465/2010, de 5 de febrero.

Mediante Resolución 465/2010, de 5 de febrero, de la Dirección General del Mayor, se fijó para 2010 el importe mensual que deben aportar los ocupantes de plazas financiadas parcialmente por la Comunidad de Madrid en residencias de personas mayores (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2010), estando incluido en dicho importe el Impuesto sobre el Valor Añadido del 7 por 100, aplicable en ese momento.

El Real Decreto-Ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo (“Boletín Oficial del Estado” de 13 de abril de 2010), establece la aplicación del tipo superreducido del Impuesto sobre el Valor Añadido a los servicios de dependencia que se presten mediante plazas concertadas o mediante precios derivados de concursos administrativos.

Concurriendo ambas circunstancias en las plazas residenciales financiadas parcialmente por la Comunidad de Madrid, al encontrarse la atención residencial entre los servicios contemplados en el artículo 15 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, y prestarse dicha atención mediante plazas concertadas o mediante precios derivados de concursos administrativos, procede la aplicación del tipo superreducido del Impuesto sobre el Valor Añadido al coste de estas plazas y, por tanto, al importe de la aportación que hayan de realizar los usuarios de las mismas para sufragarlo.

Por todo ello, de acuerdo con las facultades que me confiere la Orden 1377/1998, de 13 de julio, por la que se regula la tramitación de solicitudes y adjudicación de plazas en centros residenciales de personas mayores que integran la red pública de la Comunidad de Madrid, y en cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto-Ley 6/2010, de 9 de abril.

DISPONGO

Primero

El importe mensual a aportar por los ocupantes de plazas financiadas parcialmente por la Comunidad de Madrid en residencias de personas mayores se fija en 944,47 euros.

En el caso de que el ocupante posea unos ingresos personales netos superiores a 1.031,32 euros mensuales, la aportación antedicha se incrementará en 48,10 euros por cada 82,51 euros que excedan de dichos ingresos personales.

Segundo

Permanecen vigentes y de aplicación el resto de las previsiones contenidas en la Resolución 465/2010, de 5 de febrero.

Tercero

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y surtirá efectos desde el día 1 de abril de 2010.

Madrid, a 21 de mayo de 2010.—El Director General del Mayor, José Ramón Menéndez Aquino.

(03/24.818/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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