Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
29-06-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100629-299

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

299
Demanda 1.130 de 2009

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda 1130 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Ángel Martínez Sánchez, doña Flora del Pozo Losada, don Juan Carlos Sendón Pérez, don Luis Raubel Montes de Oca Colunga, contra don Andrés Segui Soloaga, don Pablo Segui Soloaga, doña Catalina Segui Soloaga, don Ignacio Zorzona Pérez, don Luis José Fernández Arimany, don Armando Betancor Álamo, don Julián José Barrios Sánchez, ministerio fiscal, “Astil Mirel, Sociedad Limitada”, “Fletamientos Navieros Canarios, Sociedad Limitada”, “Bloisdel, Sociedad Limitada”, “Alba Sloan, Sociedad Limitada”, “Contenemar, Sociedad Anónima”, “Iscomar, Sociedad Anónima”, “Asmar Corporación Logística, Sociedad Limitada”, “Bestdene Española, Sociedad Limitada”, “Petropesca, Sociedad Limitada”, “Tasmar Logística, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente:

Providencia

El ilustrísimo señor magistrado-juez, don José Antonio Capilla Bolaños.—En Madrid, a 28 de mayo de 2010.

Dada cuenta; por presentado el anterior escrito por la parte actora en los autos arriba referenciados, en reclamación por despido, en el que se manifiesta que por la demanda no se ha procedido a la readmisión ni al abono de los salarios de tramitación e indemnización por daños, solicitando se proceda conforme a lo preceptuado en el artículo 278 de la vigente Ley de Procedimiento Laboral, requiérase de comparecencia a las partes para incidente de readmisión el próximo 1 de julio de 2010, a las nueve horas de su mañana en la Sala de audiencias de este Juzgado, con la prevención de que, en caso de no comparecer la parte a la actora se la tendrá por desistida de su solicitud y, en caso de no hacerlo la demandada, se celebrará el acto sin su presencia.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que la misma no es firme y cabe interponer recurso de reposición en los cinco días siguientes a su notificación.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Lerma Sorel, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.141/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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