Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
29-06-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100629-341

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

341
Demanda 1.131 de 2008

Don Lauro Arellano Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 6 de Las Palmas de Gran Canaria.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.131 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carmelo Naranjo Martín, contra “Euroloc de Maquinarias, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de junio de 2010.

Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación, dispongo: se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado para conocer de la demanda formulada por don Juan Carmelo Naranjo Martín, contra “Euroloc de Maquinarias, Sociedad Limitada”, “Grúas Homs, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad.

Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria para los actos de conciliación si procediera y, en su caso, de juicio, para lo cual se señala el día 14 de julio de 2010, a las diez horas, haciéndose entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados.

Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, no suspendiéndose el juicio por la incomparecencia de la demandada citada en forma, en cuyo caso se le tendrá en rebeldía sin necesidad de previa declaración, y previniéndose a la demandante que si no comparece ni alega causa justa, que a juicio del juzgador motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistida de su demanda.

A los otrosí: se tienen por hechas las manifestaciones que contiene.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, salvo supuestos de conflictos colectivos y de impugnación de convenios en los que no habrá lugar dicho recurso.

Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 6 de Las Palmas de Gran Canaria.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Euroloc de Maquinarias, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de junio de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/24.493/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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