Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
29-06-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100629-344

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

344
Ceses 601 de 2009

Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 601 de 2009 a instancias de la parte actora don Víctor Manuel Navas Moriana y don Rafael Navas Moriana, contra “Real Maestranza de Caballería de Sevilla”, “Profesional Staff ETT, Sociedad Anónima”, “Plural Eventos, Sociedad Limitada”, “Refrescos Envasados del Sur, Sociedad Limitada”, “Profesional Staff Human Resources, Sociedad Limitada”, “Sevilla Pages, Sociedad Limitada”, “Servicios, Suministros de Explotaciones Deportivas, Sociedad Limitada”, y don Juan González Magro, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución de fecha 26 de abril de 2010 del tenor literal siguiente:

Providencia

Magistrada-juez de lo social, Yolanda Molina Grande.—En Sevilla, a 26 de abril de 2010.

Dada cuenta; se tiene por anunciado en tiempo y forma por la parte demandada “Profesional Staff Human Resources, Sociedad Limitada”, su propósito de recurrir en suplicación contra la sentencia recaída en los presentes autos. Y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 193 de la Ley de Procedimiento Laboral, póngase los autos a disposición de la letrada designada, doña Sonia Dehesa Díez, para que en el improrrogable plazo de una audiencia se haga cargo de los mismos, por sí o por persona autorizada por escrito, a fin de que formalice el recurso de suplicación anunciado, dentro de los diez días siguientes, plazo de que correrá cualquiera que sea el momento en el que el letrado retire los autos puestos a su disposición.

Asimismo, se advierte a la parte recurrente que de conformidad con lo establecido en el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral deberá hacer constar en el escrito de interposición del recurso un domicilio en la sede de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sevilla, a efectos de notificaciones.

Se tiene por ejercitado por la empresa recurrente su derecho de opción por la indemnización al trabajador en fecha 23 de marzo de 2010 que, por imperativo de lo establecido en el artículo 111.1.b) de la Ley de Procedimiento Laboral, será considerado en situación legal de desempleo involuntario.

Se tiene por consignada en tiempo y forma el depósito especial de 150,25 euros a tenor de lo dispuesto en el artículo 227.1.a) de la Ley de Procedimiento Laboral, uniéndose el resguardo de dicho ingreso a los autos a efectos de constancia.

Se tiene por efectuado en tiempo y forma por la recurrente el aseguramiento del principal mediante ingreso por importe de 21.324,88 euros de conformidad con lo establecido en el artículo 228 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo social, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto” número 4030/0000/65/0/601/09. Utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “concepto” que se trata en el recurso seguido del código “30” y “Social-reposición”, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1085 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuesto de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare pro transferencia bancaria habrá hacerse en la cuenta de “Banesto”, número 0030/1846/42/006001274, debiendo indicar el beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Sevilla, y en ”Observaciones” se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código “30” y “Social-reposición”.

Lo mandó y firma su señoría, ante mí.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado don Juan González Magro, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a 24 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.060/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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