Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
29-06-2010

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100629-56

Páginas: 7


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2010, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se procede a la notificación, a varios solicitantes, del Reconocimiento de la Renta Básica de Emancipación de los Jóvenes, al amparo del Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, modificado por Real Decreto 366/2009, de 20 de marzo.

Habiéndose procedido a la revisión de los expedientes de solicitud de Reconocimiento de la Renta Básica de Emancipación de los solicitantes que se relacionan en la presente Resolución y no habiendo sido posible realizar la notificación a los citados interesados en el domicilio señalado en la solicitud a efectos de notificaciones, con la finalidad de que se subsanen las faltas o acompañen los documentos preceptivos de acuerdo con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo dispuestos en el artículo 59.5 de la citada Ley, para que en un plazo de diez días a partir de la publicación de la presente Resolución, puedan personarse en el Área de Subvenciones de Vivienda de esta Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, avenida de Asturias, número 30, de Madrid, para informarse del contenido del requerimiento, advirtiéndose que en el caso de no comparecer al citado requerimiento se procederá al archivo del expediente.


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Madrid, a 21 de abril de 2010.—El Director General de Vivienda y Rehabilitación, Juan Van-Halen Rodríguez.

(03/23.197/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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