Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
29-06-2010

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100629-62

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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ACUERDO de 15 de marzo de 2010, de la Dirección General del Medio Ambiente, de inicio del expediente de desafectación y modificación de trazado de la vía pecuaria “Vereda de Humanes”, en el término municipal de Móstoles (Madrid).

La clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Móstoles fue aprobada por Orden Ministerial de 23 de junio de 1945, publicada en el “Boletín Oficial de la Provincia de Madrid” número 161, de 7 de julio del mismo año.

Con fecha de registro de 29 de marzo de 2005 tiene entrada solicitud del Consorcio Móstoles Sur de desafectación y modificación de trazado de la vía pecuaria “Vereda del Camino de Humanes” como consecuencia de la aprobación del Plan Parcial PAU-4 “Móstoles Sur”.

La Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias establece en su artículo 11 la posibilidad de variar o desviar el trazado de las vías pecuarias, previa desafectación, siempre que se asegure el mantenimiento de la integridad superficial, la idoneidad de los itinerarios y de los trazados, junto con la continuidad del tránsito ganadero y de los demás usos compatibles y complementarios con aquel. Asimismo, los artículos 23 y siguientes de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, establecen las normas a las que deben ajustarse el procedimiento de modificación de trazado.

El plazo para resolver el procedimiento administrativo de modificación de trazado será de un año a partir de este acuerdo de inicio, tal y como establece la Ley 8/1998, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La autoridad competente para resolver el presente expediente de modificación de trazado es la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio en virtud del Decreto 17/2008, de 25 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 151, de 26 de junio), por el que se dispone su nombramiento, así como por el Decreto 26/2009, de 26 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

En consecuencia, de acuerdo con lo expuesto anteriormente y habiendo realizado las consultas previas recogidas en el artículo 24 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid y no existiendo impedimentos a la modificación de trazado por parte de los organismos consultados, esta Dirección General del Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid,

ACUERDA

El inicio del expediente de modificación de trazado de la vía pecuaria “Vereda de Humanes”, en el término municipal de Móstoles.

Madrid, a 15 de marzo de 2010.—El Director General del Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

(03/23.494/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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