Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
29-06-2010

Sección 2.110.100.5: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100629-91

Páginas: 2


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

Confederación Hidrográfica del Duero

Comisaría de Aguas

91
Extinción de derecho a un aprovechamiento de aguas

Información pública sobre extinción de derecho a un aprovechamiento de aguas. En el registro de aguas, sección A, tomo 17, figura la siguiente inscripción relativa a un aprovechamiento de aguas del río Leira:

— Número: 11.360.

— Corriente o acuífero: río Leira.

— Clase y afección: producción de energía eléctrica.

— Titular: “Hidroeléctrica Europea, Sociedad Limitada”. CIF B-81824435.

— Lugar, término y provincia de la toma: Lubián (Zamora).

— Caudal (l/s): 1.500.

— Salto bruto (m): 18.

— Potencia (kW): 211.

— Titulo, fecha, autoridad: concesión otorgada mediante Resolución de 24 de junio de 1993. Confederación Hidrográfica del Duero. Transferencia. Escritura de cesión de aprovechamientos hidroeléctricos 4 de febrero de 1998, notario de Madrid don Roberto Blanquer Uberos. Resolución de 2 de abril 1998. Confederación Hidrográfica del Duero. Inscripción provisional.

— Condiciones específicas: se establece un plazo de cuarenta años.

— Observaciones: se autoriza la constitución de gravamen mediante Resolución de 28 de enero de 1998, Confederación Hidrográfica del Duero.

Con fecha 4 de marzo de 2009, se remitió informe por personal técnico de esta Confederación Hidrográfica del Duero, en el que se señala:

“Que no consta que se haya presentado el proyecto constructivo desde la notificación de la resolución de esta concesión.

En consecuencia, se ha producido el incumplimiento de la condición segunda de la Resolución de otorgamiento de la concesión de 24 de junio de 1993, en la que se establece que: en el plazo máximo de seis meses contados a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el boletín oficial de la provincia o, en su defecto, de la notificación al concesionario, deberá presentar este los proyectos constructivos de detalle, tanto de obras e instalaciones, ante esta Confederación Hidrográfica, como de equipos electromecánicos, ante la Delegación Territorial que corresponda”.

Esta Resolución fue publicada en el “Boletín Oficial de la Provincia de Zamora” de 30 de julio de 1993.

Conforme a lo establecido en el artículo 66.1 del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio: “Las concesiones podrán declararse caducadas por incumplimiento de cualquiera de las condiciones esenciales o plazos en ella previstos”.

Por acuerdo de esta Confederación Hidrográfica del Duero de 24 de junio de 2009, se dispuso la incoación de expediente de extinción por caducidad del derecho al aprovechamiento reseñado, motivado por el incumplimiento de la condición segunda de la Resolución de otorgamiento de la concesión de 24 de junio de 1993, de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.1 del texto refundido de la Ley de Aguas.

El plazo máximo de duración de este procedimiento administrativo es de dieciocho meses, de acuerdo con la disposición adicional sexta del texto refundido de la Ley de Aguas; transcurrido este plazo se producirá la caducidad del procedimiento en aplicación de lo dispuesto en el artículo 44.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De acuerdo con el principio de celeridad establecido en el artículo 75.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se ha procedido a la acumulación de la notificación mediante publicación en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992 y el trámite de información pública.

Se procede mediante este acto a notificar al titular el inicio de expediente de extinción de derecho, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al carecerse de un domicilio válido a efectos de notificaciones, y someter dicho expediente a información pública, de conformidad y a los efectos previstos en los artículos 163.3 y 165 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, durante un plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el “Boletín Oficial de la Provincia de Zamora” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrá comparecer por escrito ante esta Confederación el interesado, y cualquier persona que pueda resultar afectada por la extinción del mismo, manifestando cuanto considere conveniente.

Valladolid, a 29 de julio de 2009.—La jefe de Servicio de Registro de Aguas, Ana I. Guardo Pérez.

(02/9.507/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.100.5: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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