Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201

Fecha del Boletín 
23-08-2010

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100823-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ORDEN 1538/2010, de 22 de julio, por la que se conceden subvenciones al amparo de la convocatoria de los “Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid” correspondientes a 2010 (XXI Edición).

Mediante Orden 313/2010, de 26 de febrero, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de marzo de 2010), se establecieron las bases reguladoras de los “Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid” y se efectuó la convocatoria correspondiente al presente ejercicio (XXI Edición).

A la vista de las solicitudes recibidas y de su valoración por parte del Jurado Calificador de las mismas, reunido en fecha 4 de mayo de 2010, se ha elevado propuesta de resolución por parte de la Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas.

Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y artículo 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

1. Conceder subvenciones a los artistas que figuran en el Anexo de la presente Orden, con el destino y la cuantía que se especifica en el mismo. Sobre la cuantía de dicha ayuda se efectuará la retención que corresponda del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

2. El gasto se hará efectivo con cargo al crédito autorizado en la partida 48390 del programa 081 del vigente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid.

Segundo

1. El pago se efectuará con carácter anticipado, como financiación necesaria para llevar a cabo el proyecto subvencionado, antes de la entrega de la obra a la Comunidad de Madrid para su exposición al público en los “Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid”.

2. La obra original deberá presentarse en perfecto estado y con los elementos necesarios para su montaje en el plazo máximo de un mes desde la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El incumplimiento de dicha obligación será causa de reintegro de la subvención.

Tercero

Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones que se establecen en el artículo 9 de la Orden 313/2010, de 26 de febrero.

Cuarto

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 22 de julio de 2010.

El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ


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(03/32.891/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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