Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201

Fecha del Boletín 
23-08-2010

Sección 1.3.40.20: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100823-5

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

AGENCIA MADRILEÑA PARA LA EMIGRACIÓN

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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 16 de febrero de 2010, de la ­Directora de la Agencia Madrileña para la Emigración, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, para la realización de trámites telemáticos en la tramitación del expediente del procedimiento denominado “Solicitud de Inscripción de Asociaciones y Centros de ­Madrileños en el Exterior”.

Apreciado error en la publicación de la Resolución de 16 de febrero de 2010, de la ­Directora de la Agencia Madrileña para la Emigración, por la que se habilita al Registro ­Telemático de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, para la realización de trámites telemáticos en la tramitación del expediente del procedimiento denominado “Solicitud de Inscripción de Asociaciones y Centros de Madrileños en el Exterior” (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 24 de marzo de 2010, páginas 65, 66 y 67), se procede a su rectificación.

En la línea segunda del párrafo segundo del dispongo, primero, en la página 65, donde dice: “deberá entenderse modificado”; debe decir: “que deberá entenderse modificado”.

Igualmente, en el modelo de solicitud que se adjunta como Anexo a la Resolución, página 67, donde dice: «Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Subvenciones A.M.E.”, cuya finalidad es “subvenciones a madrileños residentes en el extranjero y a las asociaciones que los representan”»; debe decir: «Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Asociaciones Madrileños Extranjero” cuya finalidad es “recoger datos personales de representantes y otras personas físicas de asociaciones y centros de madrileños en extranjero a fin de que puedan ejercitar sus derechos ante la Agencia y otros organismos”».

Madrid, a 21 de abril de 2010.—La Directora de la Agencia Madrileña para la Emigración, Victoria Cristóbal Araujo.


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(03/27.243/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.40.20: I. COMUNIDAD DE MADRID

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