Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 203

Fecha del Boletín 
25-08-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100825-135

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

135
Demanda 542 de 2010

Doña María José Molina de Juana, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 542 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jónatan de la Fuente Blázquez, contra la empresa “Vinilox Diseños Fotográficos Publicitarios, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente desistimiento:

Acta

En Madrid, a 27 de julio de 2010.—Ante el ilustrísimo magistrado-juez de este Juzgado de lo social número 16, don Joaquín Castro Colás, y con mi asistencia, la secretaria judicial, doña María José Molina de Juana, y a los efectos de celebrar los actos de conciliación y, en su caso juicio para el día de hoy, comparecen: como demandante, don Jónatan de la Fuente Blázquez, que no comparece pese a estar citado en legal forma, y como demandada, no comparece pese a estar citada en legal forma “Vinilox Diseños Fotográficos Publicitarios, Sociedad Limitada”.

Auto

En Madrid, a 27 de julio de 2010.

Hechos:

Primero.—Con fecha 9 de abril de 2010 tuvo entrada en este Juzgado de lo social número 16 demanda presentada por don Jónatan de la Fuente Blázquez, frente a “Vinilox Diseños Fotográficos Publicitarios, Sociedad Limitada”, siendo citadas las partes para los actos de conciliación el día 27 de julio de 2010, a las dieciocho y veinte horas.

Segundo.—A dichos actos no han comparecido las partes pese a estar citadas en legal forma.

Razonamiento jurídico:

Único.—Ante la incomparecencia del actor y no habiéndose solicitado por la demandada la continuación del procedimiento, procede tener al demandante por desistido de su demanda.

Parte dispositiva:

Se tiene por desistido a don Jónatan de la Fuente Blázquez de su demanda, y una vez firme esta resolución archívese.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Joaquín Castro Colás.

A continuación se da lectura a la presente, quedando las partes en este acto notificadas de la anterior resolución y manifestando su intención de no recurrirla.

Su señoría declara firme el auto, con lo que se da el acto por terminado, firmando de conformidad las partes comparecientes, con su señoría y conmigo, la secretaria judicial, previa entrega de copia a los mismos. Con lo cual se dio por terminada la presente que leída y hallada conforme es firmada por los comparecientes, después de su señoría.—Doy fe.

Diligencia de archivo.—Seguidamente se procede al archivo de las presentes actuaciones.

A la notificación a las partes del precedente auto por medio de correo certificado con acuse de recibo. Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Vinilox Diseños Fotográficos Publicitarios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.939/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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