Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 205

Fecha del Boletín 
27-08-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100827-122

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

122
Demanda 977 de 2009

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 977 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Marcelo Rodríguez Delgado, contra la empresa “Técnicas y Desarrollos Metálicos, Sociedad Limitada Laboral”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es la siguiente:

En nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente

Sentencia número 339 de 2010

En Madrid, a 20 de julio de 2010.—Su señoría ilustrísima, doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, seguidos a instancias de don Marcelo Rodríguez Delgado, asistido de la letrada doña Nunila Nora Escalera, contra “Técnicas y Desarrollos Metálicos, Sociedad Limitada Laboral”, que no comparece.

Fallo

Procede estimar la demanda planteada por don Marcelo Rodríguez Delgado, contra la empresa “Técnicas y Desarrollos Metálicos, Sociedad Limitada Laboral”, en reclamación de cantidad, y debo condenar a la empresa demandada a que abone al demandante la cantidad total de 1.937,84 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Técnicas y Desarrollos Metálicos, Sociedad Limitada Laboral”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de julio de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/32.448/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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