Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
16-10-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171016-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 82

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Madrid número 82. Procedimiento 988 de 2016, notificación a ignorados ocupantes inmueble calle Saturnino Tejera

EDICTO

En el Juzgado de primera instancia número 82 de Madrid se sigue juicio verbal por desahucio precario número 988 de 2016, a instancias de “Banco Sabadell, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Inés Álvarez Godoy, contra ignorados ocupantes del inmueble sito en calle Saturnino Tejera, número 3, de Madrid, en el que se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 244 de 2017

En Madrid, a 12 de septiembre de 2017.—La ilustrísima señora doña Eva Estrella Ramírez García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 82 de los de esta ciudad y su partido judicial, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal civil número 988 de 2017, promovidos por “Banco Sabadell, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora señora Álvarez Godoy y asistida del letrado don Sergio Nebil Fernández, contra ignorados ocupantes del inmueble sito en calle Saturnino Tejera, número 3, de Madrid, rebeldes en estos autos, que versan sobre desahucio por precario.

Fallo

Que estimando la demanda presentada por la procuradora señora Álvarez Godoy, en nombre y representación de “Banco Sabadell, Sociedad Anónima”, contra ignorados ocupantes del inmueble sito en calle Saturnino Tejera, número 3, de Madrid, rebeldes en estos autos, debo:

1. Acordar y acuerdo el desahucio de la parte demandada respecto del inmueble objeto de litis, vivienda sita en la calle Saturnino Tejera, número 3, de Madrid, condenando a esta a que lo deje libre, expedito y a disposición de la parte actora, con apercibimiento de lanzamiento en caso contrario.

2. Condenar y condeno a la parte demandada al pago de las costas causadas en esta instancia.

3. Firme que sea la presente resolución, expídase mandamiento al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de esta ciudad, para que tenga lugar el lanzamiento en la fecha prevista.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio, para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.

Recursos: notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación por escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días, debiendo exponer las alegaciones en las que base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. Se advierte a las partes de que:

— No se admitirá dicho recurso si al interponerse no se acredita por escrito haber consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado el importe de 50 euros, siendo la exigencia de este depósito compatible con el devengo de la tasa exigida por el ejercicio de la potestad jurisdiccional.

— Si se desestima el recurso la parte perderá la consignación a la que se dará el destino legalmente previsto.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4, 164 y 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a ignorados ocupantes del inmueble sito en calle Saturnino Tejera, número 3, de Madrid, la sentencia de 12 de septiembre de 2017, dictada en este procedimiento.

En Madrid, a 14 de septiembre de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/32.023/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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