Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
16-10-2017

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171016-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL NÚMERO 3

86
San Lorenzo de El Escorial número 3. Procedimiento 394 de 2016, notificación a Vitaly Marchuk

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, modificación de medidas supuesto contencioso entre doña Uliana Marchuk y don Vitaly Marchuk, en cuyos autos se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por doña Uliana Marchuk, representada por la procuradora de los Tribunales doña María Antonia Pastor Peguero, contra don Vitaly Marchuk, el cual se encontraba en situación procesal de rebeldía, ha lugar a la variación solicitada de la sentencia del procedimiento de divorcio número 815 de 2012, en el sentido que:

Se le atribuye a doña Uliana Marchuk con carácter exclusivo el ejercicio de la patria potestad de los hijos comunes de ambos.

Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días a partir de su notificación.

Llévese testimonio de la presente resolución al procedimiento de referencia.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a don Vitaly Marchuk a través de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo la presente.

En San Lorenzo de El Escorial, a 8 de junio de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.252/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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